Antenas celulares deberían someterse a evaluación de impacto ambiental
By Comunicaciones Terram

Antenas celulares deberían someterse a evaluación de impacto ambiental

Así lo dispone una moción presentada por el senador Nelson Ávila, integrante de la Comisión de Medio Ambiente, que se inspira en el principio de precaución de la salud de las personas. Senado,cl, 21 de diciembre de 2007.

Con el fin de avanzar hacia “una real y concreta política medioambiental precautoria”, el senador Nelson Ávila presentó una moción para que la instalación de antenas de teléfonos celulares sea sometida al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

La iniciativa que será analizada por la Comisión de Medio Ambiente, se fundamenta en el Principio de Precaución aplicado en Europa y que reconoce la peligrosidad que encierra la instalación de estaciones bases de celulares en las inmediaciones de viviendas, colegios u hospitales en el Protocolo sobre Seguridad de la Biotecnología.

El senador Ávila, explicó “el incremento de la telefonía celular en el mundo ha sido un proceso explosivo pero aún el impacto en la salud de las personas de las ondas electromagnéticas es incierto”.

Señaló que “en nuestro país se proyecta que el negocio de los celulares abarcará al año 2008 un mercado de equipos vendidos cercano a los 12,8 millones, lo que significa que ocho de cada diez chilenos tendrá un celular al finalizar el año”.

Sin embargo, el parlamentario indicó que “no es posible que este progreso sea a costo de ignorar la falta de seguridad absoluta en el concierto médico mundial que acredite la inocuidad de las ondas electromagnéticas de los celulares y la de sus estaciones bases”.

El senador Ávila, puntualizó que “a pesar de los tratados internacionales que han sido ratificados por Chile, tales como la Convención de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, el Protocolo de Montreal, la Convención de la Biodiversidad y la Convención de Cambio Climático, nuestra legislación no da cuenta de esta situación”.

Destacó que “en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), se afirma que con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente y la salud”.

Por estas razones, recalcó que “se vuelve imperativo adecuar nuestra legislación interna y disponer que los proyectos de inversión de las antenas celulares sean evaluados antes de proceder a su instalación” y recordó que “este principio de previsión de la salud ya ha sido incorporados en las legislaciones de Suiza, Australia, Alemania, Canadá, Francia, Holanda, Nueva Zelanda, Suecia, Brasil, Colombia y Ecuador, entre otros”.

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  • 25/12/2007