Obras Públicas declara región de Aysén como zona de escasez hídrica

Mediciones hidrometeorológicas que realiza la Dirección General de Aguas arrojan un déficit importante en las precipitaciones de la región, redundando en una merma considerable en los ríos, arroyos, esteros y vertientes de uso agrícola y para agua de consumo humano de diversas comunas de la zona. El Mostrador, 22 de marzo de 2008.


El ministro de Obras Públicas, Sergio Bitar, firmó el decreto que declara Aysén como zona de escasez hídrica debido a un déficit importante en las precipitaciones, redundando en una merma considerable en los ríos, arroyos, esteros y vertientes de uso agrícola y para agua de consumo humano.

La medida incluye a las cuencas de los ríos y esteros de las comunas de Lago Verde, Coyhaique, Cisnes, Aysén, Río Ibáñez, Chile Chico y Cochrane. Se trata del quinto decreto promulgado por la cartera de OOPP, lo que a la fecha totaliza 34 zonas de escasez hídrica que involucran a 59 comunas del país.

Cabe recordar que hasta la fecha el MOP había declarado 27 zonas de escasez hídrica en 52 comunas entre las regiones de Atacama y Bío Bío, y se han intervenido cuatro ríos: Illapel en la región de Coquimbo; Putagán en la región del Maule, Ñiquén y Perquilauquén en la región del Bío Bío.

La declaración de Zonas de Escasez tiene como propósito prevenir y anticiparse a potenciales conflictos que deriven de una agudización de la insuficiencia de agua en dichas cuencas, generando mecanismos para redistribuir el recurso hídrico disponible en las fuentes naturales y de este modo reducir al mínimo los daños derivados de la situación.

Para ellos se estipula un mecanismo que señala que en los ríos y cauces donde exista una Junta de Vigilancia o cualquier organización de usuarios de agua, si no existe acuerdo entre sus integrantes para la distribución del agua, la Dirección General de Aguas podrá suspender dichas atribuciones, y redistribuir el agua a lo largo de la zona de escasez de acuerdo al criterio y prioridades que establece el Código de Aguas. En el caso de los cauces naturales o artificiales sin organizaciones de usuarios, la DGA tendrá la capacidad de hacerse cargo de la distribución del recurso hídrico en las zonas declaradas de escasez.

Asimismo la DGA podrá autorizar extracciones de aguas superficiales o subterráneas desde cualquier punto, por el mismo período de vigencia del Decreto (seis meses), sin necesidad de constituir derechos de aprovechamiento de aguas.


Publicado en: Resumen de prensa

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