Hidroeléctricas privilegiadas por la ley

Estudio de investigador de la PUC revela derechos exclusivos para este negocio en Chile. En la actualidad el mercado y los tribunales de justicia son los que dirimen cada una de las disputas por proyectos de generación hidroeléctrica en Chile. El problema, sostiene el experto, es que el marco legal no sólo se inclina hacia la explotación del recurso, sino que le entrega beneficios únicos a la hidroelectricidad. La Nación, 19 de junio de 2008.


"El agua es gratis para quienes deseen emplearla para fines extractivos, pero quienes quieren destinarla a otros usos diversos y más amigables con la naturaleza, como la conservación o la recreación, están prácticamente marginados". Así lo sostiene Manuel Prieto, profesor del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales de la PUC, quien participó el jueves pasado en el debate "Generación hidroeléctrica en Chile: ¿Gestión neutral?" organizado por el programa de política de derecho ambiental de la Universidad Diego Portales y la ONG Ecosistemas.

Prieto realizó una investigación donde critica la supuesta neutralidad de los mecanismos que se usan en Chile para asignar los recursos hídricos y generar con ellos electricidad. En ella explica que el actual modelo (Código de Aguas, 1981) separa el mercado en dos tipos de aprovechamiento del agua: consuntivos (para consumir) y no consuntivos (para aprovechar la fuerza). Esto significa que la institucionalidad que nos rige deja por ley- fuera a los usos no extractivos, como los recreacionales, turísticos, deportivos, culturales o para conservación ambiental. "Los ‘no usos’ y otros usos in-situ, no existen en el mercado", se queja.

El tema no es menor, ya que a la hora de los juicios la balanza siempre se inclina hacia un lado. De hecho, a partir de la interpretación de la Corte Suprema del caso de la Central Hidroeléctrica Pangue (VIII Región) todos los casos posteriores donde estaba en juego la regulación de caudales se han fallado a favor de las hidroeléctricas, sin tomar en cuenta los costos sociales y medioambientales.

Perpetua y a cero costo

Los beneficios siguen, revela el estudio, en la Ley General de Servicios Eléctricos (1982): institucionalmente define a la propiedad sobre el uso de las aguas como perpetua y con una valoración originaria equivale a cero, lo que disminuye los costos de generación.

Todo lo anterior permite que desde 1981 en adelante, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental sólo ha rechazado dos de los 32 proyectos presentados a la Conama (ver infografía). "Lo principal es que con el agua susceptible como un objeto de transacción se deja de pensar en el rol que tiene para la vida y eso modifica incluso el escenario actual. Los conflictos ambientales hoy ya no son exclusivamente entre ecologistas y el sector productivo, sino que entre sectores productivos entre sí, lo que demuestra una crisis en la gestión ambiental. Por ejemplo, Pascua Lama es un conflicto entre regantes y la minera; a HidroAysen no sólo se han opuesto los ecologistas sino que también empresarios turísticos y del sector ganadero, situación análoga a la del proyecto Altomaipo."

Prieto, también profesor de la UDP, considera que el tema se debe elevar a un debate político para incorporar las variables marginadas por técnicos y el mercado, pues la distribución de recursos hídricos significa un recurso estratégico para el país y desde el cual existe mucha sensibilidad en las comunidades locales "que no están dispuestas a ser el patio trasero de un modelo de desarrollo que es sumamente injusto para ellas."


Publicado en: Resumen de prensa

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