Corte paraliza proyecto de termoeléctrica

Tras acoger recurso presentado por Consejo Ecológico de Puchuncaví y Quintero. El tribunal de alzada porteño estableció que la resolución de la Corema de Valparaíso, que calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental de la planta Campiche en Ventanas, es ilegal. La Nación, 14 de enero 2009.

By Comunicaciones Terram

Corte paraliza proyecto de termoeléctrica

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Valparaíso decidió paralizar el proyecto de la Central Termoeléctrica Campiche que se emplazaría en un predio de AES Gener S.A., ubicado en el sector de Ventanas, Región de Valparaíso, tras determinar que la resolución de la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema), que calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental de la planta, era ilegal y amenazaba una garantía fundamental, como es vivir en un ambiente libre de contaminación.

Esto, luego de acoger el recurso de protección presentado por los abogados Juan Carlos Palma y Ricardo Correa, en representación del Consejo Ecológico de Puchuncaví y Quintero.

El tribunal de alzada estableció que la central -cuya inversión era de US$500.000.000- no podía instalarse en el lugar debido a que corresponde a una zona de restricción primaria de riesgo para el asentamiento humano, denominada ZR-2, según un decreto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

Esta normativa -que modificó el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso- dispone que en esa zona "sólo se permite el desarrollo de áreas verdes y áreas recreacionales vinculadas a las actividades propias del uso de las playas ( ), sombreaderos, camarines de carácter transitorios", reseña el dictamen.

Asimismo, la ordenanza prohíbe expresamente que en esta zona se emplacen "balnearios o camping, transitorios o permanentes, comercio, oficinas, equipamiento de cualquier escala o tipo de viviendas", consignaron los jueces en el fallo.

Lo anterior impedía por ley que se autorizara el proyecto de la Central Termoeléctrica Campiche pero, no obstante estas restricciones, la Dirección de Obras de la Municipalidad de Puchuncaví dio luz verde a la construcción de la planta mediante la Resolución Nº 112 de 2006.

Esta resolución municipal fue revisada en 2007 por la Seremi de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso, la que entonces se pronunció sobre el estudio ambiental aceptando que la aprobación de la planta se otorgó aunque se trataba de una zona restringida por el plan regulador de la comuna.

EL PROBLEMA DEL SUELO

En ese sentido, el tribunal dejó constancia de que para el emplazamiento de la termoeléctrica era necesario hacer una modificación al plan regulador con el objetivo de redefinir el uso de suelo del área afectada, lo que no se hizo.

"La Ley General de Urbanismo y Construcciones dispone ( ) que cualquier cambio del uso del suelo se tramitará como modificación del Plan Regulador, lo que en este caso no se tuvo a la vista por la Comisión del Medio Ambiente de esta Región", recordaron los ministros en el dictamen.

Prueba de ello es que cuando la Contraloría solicitó a la Seremi del Ministerio de Vivienda el documento que respaldaba esta supuesta modificación, obtuvo como contestación de la repartición pública que no había sido posible encontrarlo.

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  • 13/01/2009