Las Nuevas Sanciones que Aplicará la Ley de Acuicultura
By Comunicaciones Terram

Las Nuevas Sanciones que Aplicará la Ley de Acuicultura

Mayor énfasis en conductas sanitarias y el cumplimiento de las normas tomadas para las agrupaciones de concesiones son los temas que se fiscalizará con mayor ahínco en la nueva normativa acuícola.;Diario Estrategia, 25 de agosto de 2009.
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Nueve puntos relevantes, en cuanto a materia de infracciones y sanciones, son los que aparecen en el proyecto de ley de acuicultura, el cual castiga, entre otras cosas, la liberación de especies exóticas sin contar con previa autorización, cuya multa fluctuaría entre los 100 a 3000 UTM, además de presidio menor en su grado mínimo a medio. Si esta infracción se llegara a repetir 3 veces en un periodo de 2 años se aplicará la caducidad al centro de cultivo. En el caso de escape de especies exóticas sin adoptar las medidas de seguridad, la sanción será la misma que la anterior, mientras que el no recapturar al menos el 10% de los ejemplares escapados en el plazo de 30 días prorrogables por igual periodo, la ordenanza presume daño ambiental conforme a la ley Nº 19.300.

En el caso de normas sanitarias, para el uso de fármacos o sustancias químicas prohibidas habrán multas que irán de las 500 UTM a 3.000 UTM. Además, al no dar cumplimiento de los protocolos de desinfección por parte de las estaciones autorizadas para este efecto, se prohibirá la operación por tres meses, lo que se duplicaría en el caso de reiteración. Para el no cumplimiento de los tratamientos terapéuticos dispuestos por el Servicio para las agrupaciones de concesiones, la sanción será una multa, el segundo aviso una suspensión y por último la caducidad.

Por su parte, las embarcaciones que no cumplan con la exigencia de uso de posicionador satelital cuando exista una zonificación sanitaria o no cumplir con la desinfección, la sanción será la prohibición de zarpe por tres meses, la que se duplicará en caso de reiteración.

En el caso de no cumplir con la densidad o con los periodos de descanso coordinados, y sembrar ejemplares en el centro de cultivo sin contar con un informe ambiental positivo aprobado por Sernapesca, se aplicará multa, luego una suspensión y de reiterarse la acción, la caducidad. 
 

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  • 24/08/2009