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El precario nacimiento de la nueva institucionalidad ambiental

Columna de opinión de Paola Vasconi, Coordinadora Programa de Medio Ambiente de Fundación de Terram, publicada en blog de la Tercera el 14 de julio 2010. Vea blogs AQUÍ.


En enero de este año la entonces mandataria Michelle Bachelet promulgó en La Moneda la Ley 20.417, que reformó la institucionalidad ambiental del país creando el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. Sin duda, un paso importante en la historia ambiental de Chile, pues la nueva institucionalidad permitirá separar la dictación de las políticas y regulaciones ambientales, que estarán a cargo del Ministerio del Medio Ambiente, de la evaluación ambiental de los proyectos de inversión, que pasará a manos del Servicio de Evaluación Ambiental.

Sin embargo, la premura porque la reforma ambiental tuviera el sello de Bachelet, significó, primero, dejar fuera de la ley el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y, segundo, la firma de un acuerdo político entre el gobierno y senadores de la Alianza y de la Concertación que impidió discutir los temas de fondo de la reforma y las principales demandas ciudadanas, perdiéndose, la oportunidad histórica de, además de levantar la nueva arquitectura institucional, corregir, modificar y llenar los vacíos legales e institucionales que dejó la Ley Ambiental de 1994 y que, durante más de 15 años, se reflejaron en conflictos emblemáticos tales como La Farfana, Pascua Lama, Celco-Valdivia, entre otros. Esto, en la práctica, significará la puesta en marcha por parte del Gobierno de Sebastian Piñera de una institucionalidad ambiental que todavía tiene déficits importantes para resolver los problemas ambientales actuales y futuros del país.

Para que el nacimiento y funcionamiento de estas tres nuevas instituciones se hiciera efectivo era necesario que el Presidente de la República, en uso de sus facultades, dictara los decretos necesarios para la fijación de las plantas de dichos organismos y que la Contraloría tomara razón de los mismos, lo que permitiría iniciar todo el proceso administrativo para el traslado de los funcionarios desde la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) al nuevo Ministerio o al Servicio de Evaluación Ambiental. Este proceso se inició en la administración Bachelet y concluyó recién el pasado 2 de julio, después de varios ingresos y retiros de los decretos respectivos de la Contraloría por parte del Gobierno de Piñera, cuando la institución contralora finalmente tomó razón del DFL 4/2010 de la Secretaría General de la Presidencia, que fija la planta de personal del Ministerio del Medio Ambiente y del Servicio de Evaluación Ambiental. El paso siguiente, su publicación en el Diario Oficial para que se desencadene el proceso de implementación de estas dos nuevas instituciones, tiene un plazo máximo de 60 días para su puesta en marcha.

En la instalación de la nueva institucionalidad ambiental (Ley 20.417), sin embargo, todavía queda pendiente el DFL que permite la creación de la Superintendencia del Medio Ambiente y la aprobación por parte del Parlamento del Proyecto de Ley que crea los Tribunales Ambientales, así como su puesta en marcha, sin lo cual todo lo referido a la Superintendencia, es decir, la fiscalización ambiental, es letra muerta en la Ley 20.417, debido al acuerdo político. ¿Quién fiscalizará en el intertanto?

Pero por sobretodo, para que Chile cuente con un sistema institucional ambiental completo y moderno requiere, cuanto antes, de la creación de un Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, encargado de proteger el patrimonio natural y los recursos naturales. En el intertanto, estaremos ante el precario nacimiento de la nueva institucionalidad ambiental.


Publicado en: Opinión

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