Diputados proponen reforma al Código de Aguas para resguardar su uso y asegurar su calidad

La iniciativa tiene por propósito generar mayor seguridad y equidad en el acceso al agua, garantizando estabilidad de abastecimiento y prioridad al agua potable, el saneamiento, la seguridad alimentaria y el desarrollo productivo local. Camara.cl, 30 de marzo 2011.

By Comunicaciones Terram

Diputados proponen reforma al Código de Aguas para resguardar su uso y asegurar su calidad

La moción (boletín 7543) fue presentada por las diputadas Alejandra Sepúlveda (PRI) y Andrea Molina (UDI) y los diputados Enrique Accorsi (PPD), Alfonso De Urresti (PS), Enrique Jaramillo (PPD), Roberto León (DC), Fernando Meza (PRSD), Leopoldo Pérez (RN), Guillermo Teillier (PC) y Patricio Vallespín (DC).

Los autores de la iniciativa plantean que el agua no es sólo un bien económico e insumo productivo sino que un bien esencial para la sobrevivencia humana, de las demás especies y de los ecosistemas, por lo cual su gestión debe ser social y ambientalmente sustentable. Hacen presente que este hecho constituye la base para las políticas públicas de asignación, utilización y gestión sustentable del agua en el tiempo.

Agregan que Chile presenta diversos y complejos desafíos relacionados con el agua debido a su diversidad geográfica y climática. En la zona norte los recursos hídricos subterráneos y superficiales son bienes escasos, y presentan desafíos de distribución y administración distintos de los que caracterizan a las fuentes de agua en el centro y sur del país. Lo mismo ocurre entre la disponibilidad de agua y las actividades productivas; dado que sin perjuicio del uso porcentual mayoritario del agua con fines agrícolas, actividades como la minería, son cada vez más relevantes en las zonas áridas y semiáridas del país.

Los parlamentarios recuerdan que, desde el año 1992 a la fecha, senadores y diputados de diversos sectores políticos y también el Ejecutivo durante los gobiernos del Presidente Aylwin y la Presidenta Bachelet presentaron iniciativas legales con el objeto de mejorar el Código de Aguas en lo relativo al dominio del agua, al acceso a este bien, a la protección ambiental y a las atribuciones del Estado para la gestión de las aguas.

Precisan que el actual modelo de asignación del agua a partir de las normas establecidas en el Código de Aguas vigente otorga a los privados la propiedad sobre este recurso en forma gratuita y a perpetuidad.

Sin embargo, sostienen que el actual modelo de asignación de aguas ha generado una serie de dificultades para el abastecimiento primario, el desarrollo social y las necesidades del desarrollo local; además de riesgos en la disponibilidad y amenazas importantes a la sustentabilidad económica y al equilibrio ambiental de las fuentes hídricas. En su opinión, “el agua y su escasez ha transformado la disponibilidad hídrica en un asunto de seguridad nacional”.

Por todo ello, los autores de esta iniciativa presentan un proyecto de reforma al Código de Aguas con el propósito de generar mayor seguridad y equidad en el acceso al agua, garantizando estabilidad de abastecimiento y prioridad al agua potable, el saneamiento, la seguridad alimentaria y el desarrollo productivo local.

La iniciativa establece que las aguas son bienes nacionales de uso público y en consecuencia su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la nación. Agrega que las aguas tienen, entre otras, funciones ambientales, de subsistencia, étnicas, productivas, escénicas, paisajísticas, sociales y de ordenamiento territorial.

Asimismo, incorpora un Título II nuevo al Libro Primero del Código de Aguas, denominado “De la función ambiental, escénica, paisajística, social y de subsistencia de las aguas”, donde se plantea que el Estado otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de las aguas para garantizar el acceso a la función productiva de ellas.

La moción añade que el Estado resguardará que en todas las fuentes naturales, exista un caudal o volumen de agua suficiente, que permita resguardar las funciones escénicas, paisajísticas, ambientales, sociales y de ordenamiento territorial que poseen las aguas. Para el cumplimiento de esta obligación, la Dirección General de Aguas podrá limitar el ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos o reconocidos sobre las fuentes naturales. Podrá, asimismo, establecer las medidas necesarias para asegurar no sólo la cantidad, sino la calidad de las aguas y su oportunidad de uso.

Sostiene el proyecto que, para el cumplimiento de lo anterior, la Dirección General de Aguas podrá constituir reservas de agua sobre las fuentes naturales y otorgar a los particulares concesiones de uso temporales sobre dichas reservas. Estas concesiones no podrían transferirse ni transmitirse, no podrían ser objeto de gravamen alguno y serían inembargables.

La propuesta establece que si el titular de una concesión de uso temporal utiliza las aguas para un fin diverso para el que ha sido otorgada, o permite que a cualquier título otra persona utilice las aguas involucradas en su concesión, dicha concesión caducará por el sólo ministerio de la ley.

La moción quedó radicada para su estudio en la Comisión de Recursos Naturales.


 

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  • 30/03/2011