Servicio de Biodiversidad y tratados internacionales
By Comunicaciones Terram

Servicio de Biodiversidad y tratados internacionales

Columna de opinión de Flavia Liberona, Directora Ejecutiva de Fundación Terram, publicada en el portal Eldinamo.cl, el 25 de abril de 2011.

En enero de 2011 ingresó al Senado, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (boletin Nº7487-12), enviado por el Ejecutivo como parte del proceso de reforma a la institucionalidad ambiental actualmente en curso. Si bien aún no se ha iniciado la discusión de esta iniciativa legal, su análisis ya fue encargado a las comisiones unidas de Agricultura y Medio Ambiente, presidida por la primera.

La creación de esta institución pública representa un anhelo y una propuesta que durante muchos años han impulsado organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la conservación y protección de los ecosistemas naturales del país. Sin embargo, la propuesta del gobierno de Sebastián Piñera no hace más que dar un cumplimiento formal a esta necesidad, pues tanto el proceso de gestación como el contenido del proyecto generan serias dudas y hacen temer sobre sus posibles efectos prácticos. De hecho, de aprobarse en sus actuales términos, probablemente podría generar el efecto opuesto a lo que se pretende, exponiendo a nuestros parques y áreas protegidas a una mayor indefensión y debilitando la fiscalización.

Uno de los aspectos claves en este sentido es que la iniciativa no recoge adecuadamente los convenios y tratados internacionales suscritos por Chile relacionados con la protección de la biodiversidad, entre ellos la Convención de Washington, el Convenio de Diversidad Biológica y la Convención de Lucha contra la Desertificación, así como tampoco recoge lo expresado en la Convención sobre el Patrimonio Natural y Cultural o el Convenio 169 de la OIT. Pese a que algunos de estos acuerdos son mencionados explícitamente en el mensaje presidencial que encabeza el proyecto de ley, tanto el contenido como los compromisos y obligaciones internacionales suscritos por el país no se encuentran reflejados en el texto legal enviado al Parlamento. Eventualmente, podría incluso registrarse una vulneración de estos acuerdos internacionales.

Según el informe de la OCDE sobre desempeño ambiental de Chile, que cubre el periodo 1990-2004, nuestro país no está a la altura en materia de protección de la naturaleza, y por ello señala que “no hay ninguna ley específica de conservación de la naturaleza, y las estructuras institucionales y de manejo dan una importancia secundaria a los objetivos de conservación ante las metas más amplias de los organismos relevantes”.

Así, es necesario realizar un análisis profundo en cuanto a los contenidos jurídicos y técnicos en materia de conservación que están en el proyecto, para saber cuánto se avanza realmente al crear una institucionalidad de este tipo y si ella efectivamente le brindará un mayor status de protección a nuestro patrimonio natural. En especial debido a que personeros de gobierno han señalado públicamente que la aprobación de este servicio, con su contenido actual, no impedirá el desarrollo de proyectos en áreas protegidas; es decir, con la creación de este servicio no se genera ningún tipo de impedimento para aprobar el desarrollo de proyectos como tendidos eléctricos, centrales hidroeléctricas, caminos o faenas mineras al interior de áreas protegidas.

Mención aparte merece la situación del Convenio Nº169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado por Chile en 2008, y que obliga al país a realizar una consulta indígena en el proceso de elaboración de una ley como ésta, que afectará sus territorios ancestrales. Esto no ha ocurrido, pues otra de las grandes falencias de este proyecto ha sido su proceso de elaboración, que ha carecido de toda instancia de participación tanto de parte de los pueblos originarios, como de la ciudadanía en general.

Sólo después de ser enviado al Congreso, el Ministerio del Medio Ambiente ha convocado a algunos encuentros de carácter informativo, y se ha allanado a recibir comentarios y propuestas de modificaciones, pero sin un claro compromiso de hacer modificaciones sustantivas a la propuesta legal presentada.

También cabe señalar que al revisar el articulado del texto legal, sorprende constatar la cantidad de artículos que se dedican al tema de las concesiones al interior de áreas protegidas, pese a lo cual el texto es poco claro y riguroso, por no decir abiertamente confuso. En definitiva genera un marco legal para que las áreas protegidas del Estado sean entregadas en concesión a privados sin mayores exigencias en cuanto a las actividades que se pueden desarrollar en ellas, no especificando si sólo se trata de conservación o también pueden ser actividades económicas tradicionales como turismo, proyectos de generación eléctrica u otros.

En definitiva, la propuesta del Presidente Piñera para la protección de la biodiversidad y las áreas silvestres deja más dudas que certezas. En los términos actuales, no parece que represente realmente una mejora, y de aprobarse significaría desproteger más que proteger el patrimonio natural del país.

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  • 25/04/2011