Superintendencia del Medio Ambiente solicita información de más de 10 mil proyectos

Se trata de la primera solicitud de antecedentes que realiza esta institución a los titulares de empresas reguladas, a meses de su debut. Emol.cl 17 octubre 2012.

By Comunicaciones Terram

Superintendencia del Medio Ambiente solicita información de más de 10 mil proyectos

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó hoy información de unos 10 mil proyectos que cuentan con Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), con el fin de corroborar y actualizar los antecedentes que posee respecto de éstos.

Las RCA corresponden al permiso que establece las condiciones de funcionamiento de una instalación.Según informa la SMA, este requerimiento es obligatorio según Resolución Exenta N°574 publicada hoy en el Diario Oficial, y existe un plazo de 15 días hábiles para informar, a contar de la entrada en vigencia de los Tribunales Ambientales. Sin embargo, la Superintendencia ha decidido adelantar este trámite, debido al gran volumen de información existente.

A través de un formulario electrónico -disponible en el sitio web de la institución www.sma.gob.cl– los titulares de estos proyectos deberán informar si la etapa en la que se encuentran (construcción, operación, cierre o abandono), así como también entregar datos que permitan su correcta identificación, tales como RUT, domicilio, teléfono y correo electrónico, entre otros.

Según informa la SMA, una vez que se completa dicho formulario, se debe enviar una copia de éste a la Oficina de Partes de la Superintendencia. Así, "la SMA podrá corroborar los datos disponibles, ya que en algunos casos, éstos tienen más 15 años de antigüedad y nunca  han sido actualizados".

Con esos estos antecedentes, el organismo público podrá identificar cuál es el universo de proyectos "fiscalizables". Según explica la Superintendencia, éste es el primer requerimiento de información que realizan hacia la comunidad regulada, acto que tiene como fin el de "impedir eventuales transgresiones al principio del debido proceso que rige al procedimiento sancionatorio, ya que la SMA debe notificar a los infractores por carta certificada en sus domicilios".

Las empresas que no corroboren la información solicitada, quedarán ante la Superintendencia del Medio Ambiente con los datos contenidos a la fecha, "sin perjuicio de poder iniciar un procedimiento sancionatorio por incumplir este requerimiento", informa la SMA.

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  • 16/10/2012