Consulta indígena se define en 2013 y buscará destrabar proyectos

Derecho de comunidades contemplado en Convenio 169 de la OIT. En el primer trimestre, Gobierno y pueblos originarios trabajarán en sus respectivas propuestas para consensuar una regulación. Objetivo es evitar la judicialización de reclamos.;El Mercurio, 18 de diciembre 2012.
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By Comunicaciones Terram

Consulta indígena se define en 2013 y buscará destrabar proyectos

En 2013, el Ejecutivo espera contar con una norma que regule el derecho a consulta que el Convenio 169 de la OIT otorga a los pueblos indígenas cuando se ven directamente afectados por iniciativas legales, administrativas o de desarrollo.

En agosto, el Gobierno presentó su propuesta a las comunidades, las que, a su vez, han elaborado sus planteamientos, que entregarán en enero. Durante el primer trimestre de 2013, autoridades y pueblos originarios trabajarán en consensuar posturas para elaborar una propuesta definitiva.

Según explica Matías Abogabir, asesor de Asuntos Indígenas del Gobierno -hoy dependiente del Ministerio de Desarrollo Social (MDS)- el objetivo es establecer un mecanismo que defina materias, afectados y cómo consultar, y que permita llegar a acuerdos con las comunidades y evitar la judicialización de sus reclamos, por ejemplo, en materia de inversiones.

A la fecha, por requerimientos del Convenio 169, las demandas de comunidades ante tribunales han retrasado y paralizado proyectos, en su mayoría energéticos, tales como las iniciativas mineras El Morro, en Antofagasta, y Paguanta, en Iquique.

"La posibilidad de judicialización siempre está. Pero en la medida que exista una etapa intermedia, existe mayor respaldo de por qué se consultó o no, y la forma en que se hizo. Por eso lo principal es acordar la mejor fórmula", precisa Abogabir.

Hoy los proyectos de desarrollo ingresan al Sistema de Impacto Ambiental (SEIA) a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Este último considera la realización de una consulta general en caso de que la iniciativa tenga algún efecto en la comunidad. Por tanto, el mecanismo que defina la nueva norma servirá para implementar la consulta indígena, en particular, en los EIA.

El Gobierno propone crear comisiones por región, encabezadas por el intendente, y una nacional, integrada por los representantes regionales y consejeros de Conadi. Así, si un pueblo se siente afectado podrá recurrir a estas instancias. Si la mayoría estima que hay un tema que revisar, el consejo oficia al MDS para que evalúe.

Para su implementación propone cuatro etapas, de 15 días cada una, para realizar la consulta: planificación con afectados, levantamiento de información, diálogo, y consenso y búsqueda de acuerdos.

Las comunidades indígenas, sin embargo, consideran que, en lugar del MDS debería crearse un organismo independiente, como el Tricel o el Consejo para la Transparencia, con actores indígenas, públicos y privados que defina sobre la consulta.

Otros temas, según Abogabir, que preocupan a las comunidades son la definición de "afectación directa" y "buena fe", que dan origen a la consulta, y el alcance de la normativa.

Planes afectados por Convenio 169
Proyecto Minero El Morro: Antofagasta, US$ 3.900 millones. Corte Suprema establece que EIA debe considerar a las comunidades indígenas.
Proyecto Minero Paguanta: Iquique, US$ 70 millones. Suprema dictaminó que debe ingresar como EIA (consulta).
Aeropuerto de Temuco: Suprema rechazó recurso de protección interpuesto por comunidades mapuches: participación ciudadana considerada en tramitación del proyecto cumplía con Convenio 169.
Plan regulador San Pedro de Atacama: Suprema dijo que debía ingresar como EIA.
Parque Eólico de Chiloé: US$ 235 millones. Suprema determinó que debe ingresar como EIA (consulta).

 

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  • 17/12/2012