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Sala aprobó informe de Comisión Mixta sobre proyecto que modifica Ley General de Pesca

Dentro de los acuerdos destaca la mantención de licencias transables tipo A por un plazo de 20 años, pero se incorporaron nuevas protecciones para los trabajadores de la industria que puedan ser afectados por las modificaciones de esta Ley. Además, se establecieron criterios diferenciadores para las pesca de la merluza austral y del congrio dorado, en las regiones del sur. Camara.cl, 18 de diciembre 2012.
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Por 71 votos a favor, 30 en contra y 12 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el informe de la Comisión Mixta recaído en el proyecto del Ejecutivo (boletín 8091) que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, estableciendo conceptos de sustentabilidad de los recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización.

El acuerdo de la Comisión Mixta conservó el criterio del Senado en materia de establecer licencias transables de pesca clase A, a los titulares de autorizaciones de pesca, por un plazo de 20 años renovables, pero se efectuaron algunas precisiones en relación a la protección de los trabajadores de la industria.

También en este último ámbito, se aprobó la realización de programas de apoyo social destinados a ex trabajadores de la industria pesquera extractiva o de procesamiento, que hayan perdido su trabajo como consecuencia de la aplicación de esta ley y no imputable al trabajador. Reduciendo algunos requisitos impuestos en el trámite en el Senado y aumentando, vía indicación del Ejecutivo, el máximo anual del beneficio por trabajador a 40 UF anuales.

Asimismo, se mantuvo el reemplazo del artículo 27 (la Cámara proponía su eliminación) que abordó la forma en se deberá proceder frente a una pesquería sujeta a régimen de plena explotación y administrada con cuota global de captura y que se encuentre en un nivel igual o superior al 90% de su rendimiento máximo sostenible. Se mantuvo el proceso de pública subasta de la fracción industrial de la cuota global, en los mismos términos (licencias transables de pesca clase B), cuya vigencia será de 20 años.

Sin embargo, se subió de 3,3% a 4,2% el precio mínimo anual del valor de sanción de las subastas, para guardar la debida correspondencia y armonía entre las disposiciones de la iniciativa.

Otro avance importante estuvo radicado en materia sancionatoria, en donde el Ejecutivo accedió a efectuar un sustancial aumento de las multas. Según se explicó, el incremento se realizó de manera coherente con aquellas que castigan infracciones a la institucionalidad ambiental, esperándose, por esta vía, incrementar su efecto disuasivo.

El informe aprobado conservó el criterio del Ejecutivo de permitir que los recursos derivados del cobro de patentes puedan destinarse a proyectos de investigación que desarrollen instituciones del sector, como por ejemplo, el Fondo de Investigación Pesquera y el Instituto de Fomento Pesquero.

También se mantuvo la idea introducida por el Senado de que no sólo los titulares de licencias transables de pesca clase A, sino que también los de clase B pague anualmente, en el mes de marzo, una patente de beneficio fiscal por cada una de las naves inscritas.

En la Comisión Mixta se logró la incorporación de una nueva norma que permite, en el marco del régimen artesanal, que no se aplique a las pesquerías de merluza austral y congrio dorado, en las Regiones de Los Lagos, de Aysén y Magallanes la limitación establecida para el resto del país que indica que los titulares sólo podrán acceder en tres años corridos hasta el 50% de la cuota de asignada.

En relación a las especies ornamentales, se buscó regular la captura de dichos organismos estableciendo que se deberá ser autorizar por la Subsecretaría, previo informe técnico fundado, ello bajo la consideración de que sólo se pueden extraer con fines comerciales y no es posible retenerlas para su exhibición.

El acuerdo agregó en el articulado de la Ley que “las cuotas globales de captura se podrán determinar por períodos de hasta tres años, debiendo siempre establecerse la magnitud anual”. En el evento que no se capture la totalidad en un determinado año, no se podrá traspasar al año siguiente.

Además, se redujo de “2%” a“1%” la cuota para “imprevistos” y, relación a la cuota de reserva para consumo humano de las empresas de menor tamaño se determinó que se podrá reservar hasta el 1% de la cuota global de captura de todas las especies, con excepción de los recursos bentónicos, los demersales y las algas, para licitarla entre los titulares de las plantas de proceso inscritas en el Registro que lleva el Servicio Nacional de Pesca (y que califiquen como empresas de menor tamaño), para realizar actividades de transformación sobre dichas especies y destinarlas exclusivamente a la elaboración de productos para el consumo humano directo.

La cuota no licitada se sumará a la cuota global de captura y la licitación se efectuará cada tres años, de conformidad con las reglas establecidas en un reglamento que deberá establecer cortes que permitan la participación de todas las plantas que califiquen. La cuota sólo podrá ser extraída por armadores artesanales debidamente inscritos en el Registro Pesquero. La inscripción deberá corresponder a la misma pesquería objeto de la licitación y sólo permitirá operar en el área autorizada a la respectiva embarcación.

Los adjudicatarios de la subasta sólo podrán procesarla para consumo humano directo, quedando prohibido su traspaso o venta antes de dicho proceso.

En el caso de las pesquerías de pequeños pelágicos, con excepción del jurel y la caballa, salvo en el caso de las pesquerías de pez espada y tiburón, se podrá reservar del porcentaje a licitar una parte para destinarla exclusivamente a carnada. Esta reserva se adjudicará mediante licitación, en la que sólo podrán participar armadores artesanales inscritos en la pesquería de que se trate.

En el caso de las pesquerías de recursos bentónicos, el Comité Científico Técnico establecerá criterios para la determinación de la cuota global, cuando corresponda, considerando la información disponible y las particularidades de los recursos de que se trate.

También se aprobó establecer que, “en aquellas pesquerías de especies pelágicas pequeñas en que las especies constituyan una pesquería mixta y que su estado de explotación haga que las cuotas de captura sean significativamente diferentes, que además se encuentren en estado de plena explotación y que el sector pesquero artesanal esté sometido al régimen artesanal de extracción, en la fracción artesanal de la cuota global de captura la Subsecretaría podrá establecer, por región y organización, una cuota objetivo para la especie dominante y una cuota en calidad de fauna acompañante de la especie minoritaria, fijando porcentajes de ésta respecto de ambas especies, medido en peso para cada viaje de pesca”.

En los casos en que la cuota de fauna acompañante se haya agotado y exista remanente sin capturar de la cuota de la especie objetivo, la Subsecretaría podrá autorizar la continuidad de la operación en la región u organización correspondiente, autorizando que el Servicio impute la captura de la especie minoritaria a la especie dominante, en una proporción de uno es a tres, con un límite equivalente al 25% de la cuota global de captura que se haya fijado para la especie minoritaria.

Finalmente, entre otras varias materias, el acuerdo permitió la introducción de obligaciones de información sobre las actividades y acciones de fiscalización efectuadas en materia de pesca y acuicultura, en el año anterior, de parte de los organismos pertinentes.

 


Publicado en: Resumen de prensa

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