Gobierno publica nuevo Reglamento para el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental
By Comunicaciones Terram

Gobierno publica nuevo Reglamento para el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental

La normativa reemplazará, a partir de hoy, la estructura que regía desde 2011, con la cual se detectaron una serie de imperfecciones y problemas en el sistema. La Tercera.cl, 12 de agosto 2013.
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Con la nueva normativa, "la evaluación se centrará en lo ambientalmente relavante y no en preguntas innecesarias que dilaten el proceso", según detalló la ministra de M. Ambiente, María I. Benítez.

Desde el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), informaron que esta mañana fue publicada en el Diario Oficial, el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

La modificación tiene como fin reemplazar la estructura que regía desde 2011, tomando en cuenta que “desde entonces, se han detectado una serie de problemas que se corrigen  con este nuevo Reglamento, en el cual además se incorporan una serie de perfecciones para ajustarlo a la realidad del país”, indicaron desde el MMA. 

Para la Ministra del Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, el objetivo del nuevo Reglamento es realizar la evaluación ambiental en etapas tempranas, “por eso, en la descripción del proyecto, se le solicitará al titular contenidos mucho más específicos para que se concentre la evaluación ambiental en la primera parte, de modo tal de entregar desde el inicio del procedimiento la mayor certeza posible en cuanto al contenido del proyecto como de los impactos que tiene”.

La autoridad ambiental agregó que con esta nueva normativa, el titular tendrá claro cuál es la información que se le solicitará desde un principio, “y en la medida que entregue toda la información requerida, la evaluación se centrará en lo ambientalmente relevante y no en preguntas innecesarias que dilaten el proceso. Esto es un esfuerzo tanto para los privados como para el Estado”

Uno de los aspectos más destacados a juicio de la secretaria de Estado, “es que con la normativa se limita a dos el número de veces que la autoridad puede solicitar información al titular del proyecto, en circunstancias que hoy muchos procesos tiene 3 y hasta 4 ronda de consultas al titular”.

 “Además, el Reglamento redefine la información necesaria para el ingreso de una Declaración de Impacto Ambiental o un Estudio de Impacto Ambiental, buscando dar mayor certeza a los regulados y la ciudadanía”, aclaró Benítez.

 

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  • 12/08/2013