Las claves para entender lo que se viene en la Evaluación Ambiental Estratégica

Bajo el gobierno de Piñera se promulgó la ley sobre la EAE. Acto seguido, se elaboró un reglamento que se debía promulgar este año en el Diario Oficial. Pero la actual administración decidió hacer modificaciones mediante un Consejo de Ministros. Fuente: El Pulso 13 agosto 2014.

By Comunicaciones Terram

Las claves para entender lo que se viene en la Evaluación Ambiental Estratégica

LA EAE, es parte de los instrumentos de gestión ambiental y su objetivo es mejorar la integración de la dimensión ambiental en los procesos de toma de decisiones estratégicas, vinculados al diseño, elaboración e implementación de políticas, planes y programas públicos. Por un lado, posee Instrumentos de Planificación Territorial, que indican para qué se utilizan las zonas de un determinado territorio y por otro, las políticas con respecto a definiciones de sustentabilidad en diversas áreas a nivel nacional. Su gran ventaja, es que se aplica en la etapa temprana de decisiones institucionales. O sea, es un instrumento preventivo.

Esto quiere decir que si una empresa quiere construir un edificio, sabe con anterioridad cuáles son los lugares donde realmente se puede hacer. En términos ideales, la EAE mejora la calidad de los planes y políticas públicas al definir una carta de navegación desde un principio, lo que además promueve nuevas formas de tomar decisiones.

Existe otro factor clave en la EAE. Al fomentar los criterios de sustentabilidad, uno de sus pilares dice relación con la facilitación del diálogo entre los diversos actores públicos y privados, así como con la ciudadanía, acerca de una política o proyecto particular.

La historia En 2010, bajo la administración de Sebastián Piñera, se promulga la Ley 20.147 que indica que la EAE será es “el procedimiento realizado por el ministerio sectorial respectivo, para que se incorporen las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable”. Desde ese momento se empiezan a crear Instrumentos de Planificación Territorial. Pero la clave está en la generación del reglamento, el cual fue elaborado por la anterior administración.

Esta norma, indicaba que se someterían a EAE los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, los planes reguladores comunales y los planes seccionales, así como la modificación sustancial, el reemplazo o la sistematización de éstos. En los mismos participarían las seremis de Vivienda y Urbanismo y de Medio Ambiente. El reglamento pasó a la Contraloría General de la República, para su aprobación final, el cual debía —según lo planificado y dada la urgencia en la planificación territoria— , promulgarse en el Diario Oficial durante los primeros días de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. De hecho, ya tenía los timbres de toma de razón de la Contraloría y la firma de Sebastián Piñera. Sin embargo, la actual administración decidió frenar la iniciativa en abril.

“Se hace presente que dicho decreto no se publicará en el Diario Oficial, sino que será revisado y se someterá a una nueva propuesta a consideración del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Lo anterior, debido a que hubo variaciones significativas entre el proyecto aprobado por este Consejo y la versión tomada de razón por Contraloría”, precisó en ese entonces, un documento enviado desde el Ministerio de Medio Ambiente.

De esta manera, dicho organismo colegiado conformado por los ministros de Medio Ambiente, Hacienda, Salud, Economía y Minería, entre otros, elaboraron un nuevo reglamento para incorporar otras consideraciones ambientales de desarrollo sustentable al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general, que tengan impacto sobre el medio ambiente. El documento ya fue terminado y actualmente se encuentra en Contraloría. Aplicación Según la Ley 20.417 la EAE puede someterse en Chile de forma voluntaria u obligatoria.

En el primero de los casos, la voluntariedad implica las políticas y planes, así como sus modificaciones sustánciales, sean éstas de de carácter normativo general, que tengan impacto en el medio ambiente o la sustentabilidad y que —cumpliendo los criterios anteriores— el Presidente (a) de la República decida, a proposición del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Por otro lado, se obliga en el caso de los planes regionales de ordenamiento territorial, planes reguladores intercomunales, planes reguladores comunales y planes seccionales, planes regionales de desarrollo urbano y zonificaciones del borde costero, del territorio marítimo y el manejo integrado de cuencas o los instrumentos de ordenamiento territorial que los reemplacen o sistematicen.

Los actores El actor central de la EAE es el órgano promotor de la política o plan. En otras palabras, la entidad o autoridad de cualquier tipo a la cual le compete un territorio o política determinada. Dentro de este contexto, el Ministerio del Medio Ambiente, en su calidad de órgano técnico asesor, juega un importante papel, ya que es quien acompaña activamente el procedimiento, su buen desarrollo y cumplimiento.

Se podría decir entonces, que a nivel jerárquico, la primera potestad la tiene, en términos ejecutivo, el Presidente (a) de la República. Luego, a nivel ministerial, está el Consejo de Ministros de Sustentabilidad. Bajo éste, se encuentra el Ministerio de Medio Ambiente, en calidad de “Órgano Técnico Asesor”.

Una de las problemáticas a la que se podría ver enfrentada su aplicación, dice relación al gran protagonismo que tendría el Ministerio del Medio Ambiente, debido a que la mayoría de las políticas pasaría por su aprobación. Esto implicaría una recarga adicional a dicha cartera, la cual debe ser solucionada, si es que a la EAE se le da un mayor énfasis en las políticas públicas en general Además, las autoridades regionales y municipales también deberían tener un rol activo, especialmente en lo que se refiere a los IPT, lo que implica hacerse cargo del tema con mayor personal y que a la vez, esté calificado para ello. H

Se aplica de forma temprana en la toma de decisiones. En otras palabras, tiene un carácter preventivo.

Por un lado incluye Instrumentos de Planificación territorial y por el otro, políticas públicas sustentables.

La EAE puede someterse en Chile de forma voluntaria en las políticas y planes o de forma obligatoria.

El Ministerio de Medio Ambiente tomaría un rol bastante protagónico en esta institucionalidad.

Cuencas hidrográficas. Es uno de los elementos más importantes en cuanto a la energía.

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  • 13/08/2014