Suprema ordena entregar reportes sobre emisiones

PUCHUNCAVÍ. Ministerio de Medio Ambiente debe informar monitoreo. Fuente: Mercurio Valparaíso 15 de octubre 2014.


La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó al Ministerio del Medio Ambiente entregar información respecto del monitoreo de las emisiones de las centrales termoeléctricas ubicadas en la bahía de Quintero, Región de Valparaíso.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Escobar Zepcda, Marisol Rojas y el abogado (I) José Luis López- ratificó la determinación que ordenó a la cartera entregar la información solicitada por Andrés León Cabrera, respecto de las emisiones de las centrales Ventanas, Nueva Ventanas y Campiche.

La sentencia del tribunal de alzada valida la determinación del CPLT, en el sentido que la información solicitada se encuentra en poder del Ministerio del Medio Ambiente, como continuado legal de la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema).

INFORMACIÓN

Junto con precisar las atribuciones del Ministerio, el fallo expone que dichas informadones apoyan al Ministerio en el cumplimiento de sus objetivos, por cuanto «cuanto por las mismas atribuciones que se ha dispuesto en el artículo 70 de la Ley N°20.417, ya que según sus fines, le corresponde proponer las políticas ambientales, así como los planes y programas destinados a la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos renovables e hídricos»

Agrega la sentencia que «no es posible de advertir para esta Corte que pueda proponer programas en materia ambiental si no conoce las condidones atmosféricas, la calidad del aire y la contaminación y calidad ambiental de todo el territorio de la República».

Los magistrados apuntaron que al Ministerio de Medio Ambiente le corresponde «administrar el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes» y también «administrar la información de los Programas de Monitoreo de la calidad del aire, agua y suelo, proporcionada por los organismos competentes». La oficina regional del ministerio debe recibir esa información sobre la zona, estima la Corte.

2013 es el año en que ingreso a la Corte Suprema la apelación hecha por Andrés León.


Publicado en: Resumen de prensa

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