Corte rechaza amparo económico contra hidroeléctricas

Sentencia determina que la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca no cuenta con legitimación activa para presentar el recurso, ya que es una entidad sin fines lucro. Fuente: Sustentare.cl, 21 de septiembre de 2015.

By Comunicaciones Terram

Corte rechaza amparo económico contra hidroeléctricas

La Corte de Apelaciones de Rancagua informó que rechazó un recurso de amparo económico presentado en contra de la empresa Tinguiririca Energía, dueña de las centrales hidroeléctricas La Higuera y La Confluencia, por la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó la acción cautelar presentada por los regantes al considerar que la operación de las centrales afectaba el derecho a realizar una actividad económica de los integrantes de la junta de vigilancia.

La sentencia determina que la Junta de Vigilancia del río Tinguiririca no cuenta con legitimación activa para presentar el recurso, ya que es una entidad sin fines lucro, según consigna la nota publicada por la Corte.

“Que en atención a la naturaleza jurídica de la Junta de Vigilancia recurrente, como se señaló, puede concluirse que, por definición, no es posible compatibilizarla con el desarrollo de una labor rentable, pues precisamente su organización busca estructurar la representatividad e intereses de sus participantes, una cuestión eminentemente de carácter social, que está muy distante de la puesta en marcha de una función productiva que busca réditos económicos”, dice el fallo

Agrega que el recurso de amparo económico es un recurso especial contra el Estado como agente económico y que la vía idónea para recurrir en contra de los particulares es el recurso de protección.

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  • 22/09/2015