Gobierno posterga trámite “express” que reducía a 30 días los permisos ambientales
By Comunicaciones Terram

Gobierno posterga trámite “express” que reducía a 30 días los permisos ambientales

Solicitud de permiso ambiental que tomaría un mes de tramitación no entrará en vigencia en enero de 2017 como estaba previsto debido a demoras en el proceso de acreditación de las agencias ambientales. Industria admite que no es una buena noticia. Fuente: Pulso.cl, 10 de agosto de 2016.

La entrada en vigencia del mecanismo de tramitación ambiental “express”, que originalmente iba a comenzar en 2017, fue pospuesta indefinidamente.

Pero esto, por ahora, no se hará. ¿La razón? Retrasos en el proceso de certificación de las agencias ambientales que tendrán un rol protagónico bajo el nuevo sistema de tramitación de proyectos de inversión.

Así lo confirmó a PULSO, el ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier quien señaló que “eso se está reglamentando y por el momento eso no es factible, mientras no esté completamente terminado. Por lo mismo va a tomar más tiempo”.

La idea era introducir un mecanismo para reducir fuertemente el tiempo de tramitación de algunas declaraciones de impacto ambiental (DIA), la que fue aprobada en medio de la reforma al Reglamento del Servicio de Evaluación Ambiental que se efectuara el año pasado. Esto, pensando en entregar una mayor celeridad en la tramitación de los proyectos que no contemplan impactos ambientales significativos.

En términos simples, los titulares de los proyectos de inversión al someterse a esta modalidad de permiso ambiental “express” tendrán su Resolución de Calificación Ambiental en un plazo máximo de 30 días, cuando el tiempo total actual puede alcanzar los 90 días legales (casi 9 meses reales).

El cambio también obligaba a los titulares asumir nuevos costos y compromisos. Uno de ellos es que las agencias ambientales certificadoras vendrán a ser como ministros de fe de que un titular cumple con la normativa vigente en la tramitación de su proyecto, reduciendo los tiempos de tramitación.

“Los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que participen en la evaluación de la declaración dispondrán de un plazo máximo de diez días, contados desde la admisión a trámite, para informar si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley. Idéntico plazo tendrán las autoridades señaladas en los artículos 33 y 34 de este Reglamento, para la emisión de sus pronunciamientos”, consigna el reglamento del, por ahora, pospuesto mecanismo.

Los costos. Según expertos, esto es una mala noticia pues era bueno que se introdujera un mecanismo que buscara reducir los plazos de tramitación y minimizar la burocracia. Eso sí, advierten que todo esto tiene que ver con el hecho de que las DIA cada vez se fueron haciendo más extensas y parecidas a un estudio de impacto ambiental, contrario a lo que se buscaba originalmente.

“Toda postergación de medidas que tengan por objeto facilitar los procesos de evaluación no son buenas noticias. Hay que mirar los detalles, en qué consisten y cuáles son las razones y fundamentos que están asociadas a dichas postergaciones”, afirmó Patricio Leyton, socio de FerradaNehme Abogados.

“Esta es una positiva modalidad, ya que vuelve al espíritu original de las DIA como una “declaración jurada”, desmarcándose de la tendencia de tener declaraciones de impacto ambiental muy sofisticadas que en la práctica eran casi como unos verdaderos Estudios de Impacto Ambiental. Lo anterior, descomprimirá el SEIA de muchos proyectos que no tiene mucha justificación de evaluarse de acuerdo al sistema tradicional, ya que el impacto ambiental de los mismos está normado y el espacio de riesgo ambiental es menor”, explicó Ricardo Irarrázabal, socio ambiental de Arteaga Gorziglia Abogados además de profesor de Derecho Ambiental UC.

“El registro de la DIA hará las veces de la RCA, lo cual debiera disminuir la discrecionalidad en materias que nunca debieron tenerla”, remató el academico.

En la misma línea, Rodrigo Benítez, socio de Jara del Favero Abogados, destacó las beneficios de la iniciativa, descartando una mayor discrecionalidad por el mayor protagonismo de las agencias ambientales.

“Esto es algo que considera la reforma institucional del año 2010 y que puede generar mayores eficiencias en los proceso de evaluación ambiental. Sin duda que puede ser de utilidad para los usuarios del sistema”, sostuvo el abogado.

El ex subsecretario de Medio Ambiente concluyó que “como la propia ley señala, se disminuyen en forma importante los plazos de evaluación. Ahora bien, que esto sea una realidad va a depender de la forma en que se implemente el sistema”.

  • No Comments
  • 10/08/2016