Comisión investigadora incendio Santa Marta concluye su informe

En las propuestas, la instancia plantea cambios legales en el corto plazo para establecer el delito ambiental. Fuente: Camara.cl, 1 de septiembre de 2016.

By Comunicaciones Terram

Comisión investigadora incendio Santa Marta concluye su informe

La comisión investigadora del incendio ocurrido en el relleno sanitario Santa Marta, concluyó su mandato y aprobó el informe final que será presentado a la Sala de la Cámara.

En su cometido, la instancia escuchó a las diversas autoridades involucradas en su fiscalización, como el Intendente de la región Metropoltana, la Superintendencia de Medio Ambiente, el Ministerio de Salud, así como a representantes de la empresa responsable de Santa Marta, Bomberos, organizaciones comunitarias, y expertos en materia ambiental.

Entre las conclusiones aprobadas, se señala que el deslizamiento de basura y posterior incendio ocurrido en el vertedero, en enero del presente año, “se debió a la responsabilidad de la empresa que opera el relleno sanitario” porque lo hacía fuera del marco de la ley y de las autorizaciones vigentes.

Al respecto, el presidente de la instancia, diputado Leonardo Soto (PS), afirmó que la propia empresa reconoció ante la instancia investigadora que operó fuera de la ley y de la autorización ambiental respectiva, porque recibieron más basura de la permitida, la dispusieron a mayor altura que la autorizada por la RSA, y que el hecho de recibir lodos semi líquidos, que afectan la estabilidad del relleno, facilitaron el origen del siniestro.

En cuanto a la reacción de las autoridades en la emergencia, la comisión estableció que existió demora de la Intendencia Metropolitana en coordinar las acciones para atacar el siniestro, en un cuadro de improvisación “por parte de la autoridad que no sabía cómo abordar el evento, y que tampoco dimensionó adecuadamente los efectos de la nube tóxica”.

Asimismo, los diputados concluyeron que contribuyó a lo anterior que el plan de incendio de la empresa “era completamente inservible”, y que esta ocultó a las autoridades la emergencia “durante horas preciosas”, las que se perdieron para evitar consecuencias mayores.

También se da cuenta que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) se constituyó “tardíamente” en el relleno, “a cuatro días de que fuese notificada del deslizamiento” de basura.

Sobre la actuación de la Seremi Metropolitana de Salud, se estableció que esta “no tomó las medidas preventivas necesarias en los sectores aledaños al relleno sanitario, donde era recomendable evacuar a la población especialmente expuesta a la toxicidad del aire, como las mujeres embarazadas y los niños. Asimismo, hubo un retardo en la medición de la calidad del aire en las áreas cercanas al incendio”.

Fiscalización

En materia de fiscalización, el informe concluye que la Seremi de Salud debió haber detectado previamente los incumplimientos de la empresa que causaron el siniestro, puesto que corresponde a dicho organismo “la fiscalización de la operación de un relleno sanitario, respecto a probables incumplimientos de las normas del Código Sanitario y de su reglamento”.

“Los incumplimientos se perpetraron durante un período prolongado y de modo evidente, de manera tal que, de haber cumplido la Seremía de Salud con el mínimo deber de diligencia, se pudo haber advertido ello, y haber evitado o minimizado un evento catastrófico que comprometió gravemente la Salud de la población”.

Sobre este punto, el diputado Leonardo Soto precisó que la empresa tenía ciertas condiciones básicas para operar, “cuyo núcleo correspondía a la cantidad de basura que podía recibir y la forma establecida de apilarla, e incumplió en forma dolosa ambas obligaciones causando con ello el derrumbe y posterior incendio, incumplimientos que no fueron detectados a tiempo”.

También se rechaza el criterio de la Superintendencia de Medio Ambiente en la calificación de las infracciones, que no considera como “gravísimas” todas las detectadas -alterar las condiciones de diseño del relleno, recibir residuos distintos a los autorizados y ocultar información (único punto calificado como tal).

Propuestas

Dadas las condiciones expuestas, la instancia hace diversas propuestas en la materia. Así, recomienda una modificación a los procedimientos sancionatorios, ya qe pese al reconocimiento abierto de incumplimiento ambiental de la empresa, dada la actual normativa se eximen de toda sanción si presentan un plan de cumplimento, “que no es más que cumplir lo que no habían cumplido antes”, afirma el titular de la comisión investigadora.

En el mismo sentido, la comisión plantea con urgencia fijar cambios normativos para establecer y sancionar en nuestro ordenamiento jurídico la figura del delito ambiental, “de manera tal que la sociedad cuente con herramientas suficientes para perseguir la responsabilidad de quienes atenten de manera dolosa contra el medio ambiente”.

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  • 02/09/2016