Piden anular fallo del Tribunal Ambiental por norma del río Valdivia

A través de un recurso de casación, el Consejo de Defensa del Estado busca dejar sin efecto sentencia que invalidó decreto que protegía la cuenca del río Valdivia. Fuente: Diario Austral de Valdivia, 3 de noviembre de 2016.

By Comunicaciones Terram

Piden anular fallo del Tribunal Ambiental por norma del río Valdivia

El Consejo de Defensa del Estado, en representación del Ministerio de Medioambiente, interpuso un recurso de casación con el objetivo de anular el fallo del Tercer Tribunal Ambiental que dejó sin efecto el decreto que fijaba la norma de calidad ambiental de la cuenca del río Valdivia. Ese fallo -que nació de reclamaciones interpuestas por la Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos, la empresa Arauco y Forestal Calle Calle- indicaba que la implementación de las normas secundarias para la protección de las aguas continentales y superficiales de la cuenca del río Valdivia debían ser anuladas debido a que existían “deficiencias sustantivas en el Análisis General de Impacto Económico y Social, AGIES”, estudio de relevancia para la fase de participación ciudadana que requería la creación de la norma. Con el fallo, el tribunal ordena al Ministerio de Medioambiente desarrollar un nuevo AGIES para que sea sometido a participación ciudadana y al Consejo Consultivo, siguiendo desde ahí las distintas etapas establecidas legalmente.

El pasado 20 de octubre, el Consejo de Defensa del Estado interpuso un recurso para que sea anulado ese fallo por presuntos “errores” en la aplicación del derecho. El recurso fue acogido y sobre él deberá pronunciarse la Corte Suprema. Uno de los puntos en los que se basa la argumentación de este recurso es en que “el interés de los reclamantes (las entidades antes mencionadas) es indirecto y eventual, y que la mera realización de actividades económicas en la cuenca del río Valdivia por los actores no los coloca en una situación que merezca la particular protección jurídica que por el reclamo pretenden”.

También se alude a que “los intereses invocados por la Corporación Codeproval y las empresas Celulosa Arauco y Forestal Calle Calle no se relacionan con el objeto de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental de la cuenca del río Valdivia, que es la protección o conservación del medioambiente y la preservación de la naturaleza a nivel local”. La seremi de Medioambiente, Carla Peña, aseguró que “el recurso de casación fue acogido y la Corte Suprema tendrá que resolver en el mérito de lo que estudie e investigue durante el proceso”. No existen plazos definidos para que la Corte Suprema se pronuncie.

APOYO

Profesionales locales de la WWF en Chile manifestaron su apoyo a la presentación del recurso de casación, especialmente porque la norma es una herramienta utilizada por la ONG en su trabajo de conservación.

La encargada de Agua y Biodiversidad, la bióloga ambiental Laura Catalán, explicó que “WWF escogió la cuenca de Valdivia para implementar su Programa de Conservación de Agua Dulce. Considerando las 46 cuencas que se encuentran en la ecorregión valdiviana, la cuenca del río Valdivia tiene particularidades que la hacen interesante para la conservación”. ¿Cuáles son las cualidades que se busca preservar? Explicó que “tiene un alto grado de endemismo y especies únicas que no están en otros lados de la región, como el tollo (Diplomystes camposensis) y la nueva especie de monito del monte (Dromiciops Mondaca), que descubrieron hace poco y es propia de Mariqui na. Además tiene un 50 por ciento de bosque nativo, aproximadamente. Si bien desde la cuenca del río Valdivia hay hacia el sur cuencas más prístinas y hacia el norte más intervenidas, esta constituye un equilibrio que la hace interesante”. Además, las poblaciones de vertebrados de agua dulce en el mundo han caído en promedio un 81 por ciento entre 1970 y 2012, según datos del Informe Planeta Vivo publicado la semana pasada por WWF.

Según la profesional, esto refuerza la necesidad de alcanzar acuerdos entre múltiples actores para conservar los ecosistemas de agua dulce. Y las normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas son una herramienta porque “está orientada a regular el ecosistema. Esta norma facilita el diálogo entre actores, porque los usuarios de las aguas y los involucrados en la conservación -empresas, sociedad civil, ONG, gobierno- podrán sentarse a conversar y tomar decisiones, llegar a acuerdos con la gestión del agua. Es una oportunidad”, dijo Catalán. Sobre la anulación del decreto que establece la norma, destacó que “este retraso implica no contar con la norma, por eso incitamos a la gente a que participe para que se valide luego el proceso y se haga efectiva.

Estamos alineados con que la norma no se derogó por completo -en su esencia, en rangos y parámetros- y lo que falta es algo administrativo y de participación. Esta es una instancia para informar y comunicar que la norma por definición no tiene el poder de limitar la productividad de una empresa, sino que está orientada a la regulación de un ecosistema”.

CODEPROVAL

El representante legal de Codeproval, Alejandro Duran, aseguró que “el Consejo de Defensa del Estado está ejerciendo un derecho. El recurso es bien extenso e invoca varias causales sobre las que nos referiremos en los alegatos ante la Corte Suprema donde compareceremos para defender la posición expresada en la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental, que nosotros creemos que es la correcta”.

-“El recurso fue acogido y la Corte Suprema tendría que resolver en el mérito de lo que estudie e investigue durante el proceso”.
Carla Peña, Seremi de Medioambiente

-Las características de la norma que fue anulada por el Tercer Tribunal Ambiental

El objetivo de las normas secundadas de calidad ambiental es regular la presencia de contaminantes, de manera de prevenir que puedan -por sus niveles, concentraciones y períodos- significar un riesgo para la protección o conservación del medioarnbiente o la preservación de la naturaleza. En el caso de las normas secundarias para la cuenca del río Valdivia, busca mantener o mejorar la calidad de las aguas y conservar o preservar los ecosistemas hídricos. Esta norma en particular establecía diez áreas de vigilancia para la cuenca del río Valdivia.

Para cada una de ellas, indicaba niveles de calidad ambiental según el tipo de contaminante. El decreto señalaba que el cumplimiento de las normas secundarias debería verificarse anualmente de acuerdo al programa de vigilancia y que se considerarían sobrepasadas las normas si el percentil 85 de los valores de las concentraciones de las muestras analizadas para un contaminante -considerando un período de dos años calendarios consecutivos- superaran los valores establecidos, además de otras condiciones.

-27 de noviembre de 2015 fue publicado en el Diario Oficial el decreto que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales.

-29 de septiembre de 2016 el Tercer Tribunal Ambiental -ubicado en Valdiviaacogió las reclamaciones interpuestas por Codeproval. Arauco y Forestal Calle Calle en contra del decreto.

-20 de octubre de 2016, el Consejo de Defensa del Estado, en representación del Ministerio de Medioambiente. colocó el recurso de casación en el Tercer Tribunal Ambiental.

Claudia Muñoz David

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  • 03/11/2016