Tribunal Ambiental rechaza recurso por línea Charrúa-Ancoa

El organismo señaló que la aprobación del proyecto “Nueva Línea 2×500 kv Charrúa-Ancoa: tendido del primer conductor” se ajustó a derecho. Fuente: Revistaei.cl, Diario Financiero, 2 de marzo de 2017.

By Comunicaciones Terram

Tribunal Ambiental rechaza recurso por línea Charrúa-Ancoa

Por la unanimidad de sus integrantes, el Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la reclamación interpuesta por un grupo de vecinos de la comuna de Colbún en contra del Comité de Ministros, por la aprobación del proyecto “Nueva Línea 2×500 kv Charrúa-Ancoa: tendido del primer conductor”, que atraviesa las regiones de El Maule y Biobío.

Los reclamantes acudieron al tribunal alegando que la autoridad ambiental no consideró debidamente las observaciones que realizaron en el proceso de participación ciudadana del proyecto, asociadas al efecto sinérgico (por existir al menos tres proyectos similares en la zona), a la afectación al valor turístico, así como a la flora y fauna.

El Tribunal determinó que la resolución reclamada se ajustó a derecho.

“Analizadas las respuestas de la autoridad ambiental a las distintas observaciones de los reclamantes y la introducción por parte del Comité de Ministros de Condiciones o Exigencias Específicas a la RCA N° 84/2015, se constata que la reclamada ha resuelto en base a los antecedentes que obran en el expediente de evaluación ambiental y, particularmente, considerando los criterios establecidos en el Oficio Ordinario N° 130.528, que contiene el Instructivo Consideración de las Observaciones Ciudadanas en el Marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, dictado por el Director Ejecutivo del SEA, el 1 de abril de 2013, a saber: a) completitud y precisión en cada uno de los temas observados, b) autosuficiencia, c) claridad en la respuesta, d) sistematización y edición, y e) independencia de la respuesta entregada por el titular en la Adenda”, señala la resolución.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, presidente, Sebastián Valdés y Ximena Insunza. La sentencia fue redactada por la ministra Insunza.

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  • 02/03/2017