Las discusiones y elementos pendientes en el Código de Aguas

El Senado aprobó hace unos días la indicación presentada por el Gobierno, que permite la prórroga del derecho de aprovechamiento de aguas después de los 30 años concesionados. Fuente: Pulso, 19 de julio de 2017.

By Comunicaciones Terram

Las discusiones y elementos pendientes en el Código de Aguas

Las modificaciones al Código de Aguas han ido avanzando lento en el Senado. Sin embargo, a principios de este mes se logró un importante avance. La Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara Alta aprobó la indicación presentada por el gobierno que permite la prórroga del derecho de aprovechamiento de aguas después de los 30 años concesionados. Esto, incluso aunque el usuario haya modificado el uso de estas aguas para adaptarse al cambio climático.

Todo esto es parte básicamente de dos modificaciones a este código que data de 1981. El primero consiste en el boletín 7543-12, que pretende equilibrar el derecho humano de acceso al agua potable y saneamiento con la preservación ecosistémica y el uso productivo. Por otro lado, está el boletín 8149-09, que intenta mejorar el nivel de transparencia en la información, aumentar las facultades fiscalizadoras, otorgar por primera vez atribuciones y funciones a la DGA en materia de calidad de agua y aumentar el monto de las sanciones para quienes perjudican los derechos de terceros (hoy llegan a un máximo de 20 UTM).

El director general de Aguas del MOP, Carlos Estévez, plantea que la reforma busca una gestión equilibrada del agua, que garantice el derecho humano de acceso al agua para consumo, saneamiento y subsistencia. ‘Ante un escenario de cambio climático, una demanda cada vez mayor por agua y un código que tiene un enfoque casi exclusivo en productividad, buscamos promover su uso efectivo. Queremos castigar a los especuladores y titulares de derechos ociosos, quienes acaparan agua y no la utilizan, para que la devuelvan al Estado y sea redistribuida a quienes sí la necesitan y usan’, dice Estévez.

Justamente, en este contexto, la Municipalidad de Pucón acaba de donar 10 derechos de aprovechamiento de agua al Ministerio del Medio Ambiente por un total de 105 mil litros por segundo. Esto sucedió porque el municipio tenía una concesión de derechos de aguas con objetivos turísticos y otros, pero ante el pago de una patente por no uso (lo que se estableció en la reforma de 2005), decidió donar los derechos. Ahora, con el proyecto de ley que se está tramitando en el Senado, se incorpora una exención del pago de patentes por no uso de las aguas en la medida que su no extracción sea parte de un proyecto turístico, recreacional u otro similar.

Estévez comenta que con las modificaciones al Código de Aguas, el Estado podrá reservar aguas para consumo humano y que beneficia a los Comités de Agua Potable Rural para extraer aguas sin solicitar derechos cuando éstas se encuentren en terrenos del Comité, de sus socios o en bienes fiscales si cuentan con la servidumbre respectiva, entre otras disposiciones. ‘Esta reforma en particular, facilita que los usuarios de aguas que no tengan sus derechos regularizados, puedan hacerlo con un trámite simple ante la Dirección General de Aguas (DGA), ya no tendrán que ir a tribunales’, dice Estévez.

Además, podrán hacerlo de forma individual o colectiva por las organizaciones de usuarios. Para ello, el Estado dispondrá de $2.750 millones de recursos nuevos para regularizar aquellos usos ancestrales o de predios CORA (Corporación de Reforma Agraria).

Por su parte, a Ricardo Irarrázabal, ex subsecretario del Medio Ambiente del gobierno de Sebastián Piñera, y vicedecano de Derecho UC, le llama la atención que la gran mayoría de las modificaciones tienen una finalidad ambiental.

‘A pesar de esto, en la discusión del proyecto, esta temática ha estado ausente. En efecto, las autoridades ambientales no han participado en las sesiones y tampoco las Comisiones Ambientales del Congreso han revisado el proyecto, dejando a la nueva institucionalidad ambiental al margen de esta tramitación, a pesar de que la Ley 19.300 establece que la conservación del recurso hídrico es de competencia del Ministerio del Medio Ambiente’.

El abogado agrega además: ‘En definitiva, se están aprobando una decena de modificaciones ambientales, muchas de las cuales quedarán en manos de autoridades sectoriales, sin siquiera oír a los órganos competentes’.
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“Queremos castigar a los especuladores y titulares de derechos ociosos quienes acaparan agua y no la utilizan”.

CARLOS ESTÉVEZ Director general de Aguas del MOP

“Se están aprobando una decena de modificaciones ambientales, muchas de las cuales quedarán en manos de autoridades ‘ sectoriales”.

RICARDO IRARRÁZABAL Ex subsecretario del Medio Ambiente.

¿Qué ha pasado? Un tema clave para el uso y aprovechamiento de agua a nivel industrial, agrícola y comunitario, pasa por la modificación al Código de Aguas.

¿En qué consisten los cambios? La reforma se encuentra en pleno proceso, la cual implica modificar principalmente los boletines 7543-12, sobre acceso al agua y el 8149-09, sobre -entre otras cosas- la fiscalización.

Daniel Fajardo

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  • 19/07/2017