Región de Valparaíso: SMA inicia proceso de sanción contra Minera Cardenilla

La minera se ubica en la comuna de Catemu, emplazada dentro del sitio prioritario Cordillera El Melón, y cometió nueve infracciones ambientales. Fuente: Codex Verde. 6 mayo 2018.

By Comunicaciones

Región de Valparaíso: SMA inicia proceso de sanción contra Minera Cardenilla

La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero, titular del proyecto Mina Cardenilla, tras detectar 9 infracciones a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Esta actividad fue fiscalizada por profesionales de la CONAF, el SAG y la SMA, todos de la Región de Valparaíso. Las materias objeto de la fiscalización incluyeron el estado de la ejecución del proyecto, estado de quebradas, de vegetación nativa, de fauna silvestre, aguas lluvias, entre otros.

Dicho proyecto se emplaza en la comuna de Catemu y extrae cobre a cielo abierto, con una producción autorizada de 15.000 toneladas al mes. Dicha faena se ubica dentro del sitio prioritario para la conservación Cordillera El Melón, establecido en la Estrategia Nacional de Biodiversidad (2003).

Entre las nueve infracciones detectadas, una se clasifica como gravísima, cinco como graves y tres como leves. Entre las principales se encuentran:

– Ejecutar obras que constituyen cambios de consideración sin someterlas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, clasificándose como infracción gravísima de conformidad a la Ley, por causar daño ambiental no susceptible de reparación y constatarse efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables, sitios prioritarios para la conservación y el valor ambiental del sitio prioritario Cordillera El Melón. Se constató la eliminación total de vegetación por el aumento y extensión del rajo.

-Durante la vida útil de 7 años del proyecto se extrajeron 1,4 millones toneladas por sobre lo autorizado en su RCA. Tras alcanzar su vida útil, en septiembre de 2016, el proyecto no finalizó su operación y extrajo cerca de 300 mil toneladas de mineral. Esto se tradujo en una ampliación progresiva de la cantera por 7,8 hectáreas por sobre lo autorizado, junto a la ejecución de obras tampoco evaluadas ambientalmente.

-No implementar una piscina de neutralización de las aguas que drenan desde el botadero de estériles.

-Inexistencia de plantación de 490 guayacanes, comprometidos en la RCA.

Las infracciones se califican preliminarmente como leves, graves gravísimas. Según lo establecido en la Ley Orgánica de la SMA, las infracciones leves pueden ser objeto de amonestación o multas hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). Las infracciones graves pueden ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multas por hasta 5.000 UTA; mientras que las gravísimas pueden llegar a multas por 10.000 UTA, incluyendo también revocación de la RCA y clausura. Cabe mencionar que la clasificación de las infracciones podrá ser confirmada o modificada según avance el procedimiento sancionatorio.

Tras esta formulación, el titular de Mina Cardenilla, dispone de un plazo de 15 días para presentar descargos, o bien, 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento, el cual es un plan de acciones y metas para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular corrija sus deficiencias, realice las inversiones necesarias y vuelva al cumplimiento de la normativa aplicable.

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  • 10/05/2018