Vicepresidente de ENAP presenta su renuncia tras informe que apunta responsabilidad por Quintero

Gonzalo de la Carrera contactó la noche de este miércoles al mandatario por correo electrónico para notificarle que dejará el puesto por la molestia ante el manejo que se ha hecho del tema. El ex miembro del directorio confirmó esta mañana su decisión. Fuente: La Tercera. 6 septiembre de 2018.

By Comunicaciones

Vicepresidente de ENAP presenta su renuncia tras informe que apunta responsabilidad por Quintero

Anoche, cerca de las 23:30 horas, un correo electrónico le llegó al presidente Sebastián Piñera.

Quien lo enviaba era el hasta ayer vicepresidente de ENAP, Gonzalo de la Carrera, notificando al Mandatario de su renuncia al cargo.

“Era un dilema moral”, confirmó esta mañana De la Carrera en un contacto telefónico con el programa Duna en Punto, donde señaló que ENAP cumplió con todas las normas solicitadas y que “tiene que haber otra razón” sobre la contaminación.

“Esto tiene que ver con un dilema ético al que me vería enfrentado si aceptara un informe que es absolutamente contradictorio con los informes técnico que nosotros tenemos. La hipótesis inicial que había de la nube tóxica, que no es hipótesis nuestra sino que de las autoridades de Medio Ambiente, era que esta era nitrobenceno y metilcloroformo. Esos gases nunca han sido manipulados ni emitidos al medio ambiente por Enap, pero resulta que la resolución que sale ayer ya no hable de esos gases y tampoco se refiere cómo los hidrocarburos eventualmente que Enap emite llegan a formar una nube tóxica. Los informes técnicos dicen que eso es prácticamente imposible de que ocurra”, detalló.

Si bien es claro en sostener que “es un decisión mía personal, no hay llamado a nadie”, recalcó que el escenario tiene “muy molesto a todo el directorio”, puesto que aquí estaría en juego la independencia que tiene la empresa. “No teniendo la posibilidad de defender a Enap o no teniendo la independencia para hacerlo, no me quiero quedar en la situación de quedar atrapado con una resolución con la cual discrepamos y tenemos muy pocas posibilidades de poder defendernos”, manifestó.

Asimismo, agregó que desde un primer minuto, en las indagatorias hubo apresuramiento y los dedos apuntaban hacia la compañía. “Me resulta muy difícil seguir luchando por una empresa en la cual cuesta tener la independencia“, indicó.

Consultado sobre las razones que habría desde la autoridad para responsabilizar a la compañía, De La Carerra prefirió guardar distancia, asegurando que no le corresponde hacer interpretaciones.

De todas formas, expresó que al ver lo extenso del informe de la Superintendencia que los responsabiliza, “es imposible que haya sido redactado en 24, 48 o 72 horas. Mi impresión, subjetiva, es que este informe viene redactándose hace muchos días, mucho antes de que se terminaran de tomar las mediciones. No explica la causalidad entre los gases encontrados y la enfermedad de las personas. No se da cuenta de cómo a través de los hidrocarburos se produce la nube tóxica”.

“Yo no sé cuáles son las razones de fondo para apuntar” a la compañía, “lo que sí puedo decir con toda certeza es que el superintendente de Medio Ambiente tenía desde diciembre de 2017 un informe elaborado por la Universidad Técnica Santa María que revelaba que habían eventos de emanaciones de gases tóxicos en el medio ambiente“, añadió.

Subrayó, así, que ha “podido comprobar que la gente se sigue enfermando a pesar de que Enap tomó todas las medidas que se solicitaron. Si Enap fuera culpable cómo se explica el episodio de hace dos días. Enap tiene informes concluyentes de que la nube tóxica no pudo haber sido afectada por hidrocarburos”.

La decisión se produjo horas después de que la Superintendencia del Medioambiente apuntara a la responsabilidad de la empresa en la emergencia química producida en la zona de Quintero el 21 de agosto pasado.

 

  • 1 Comment
  • 06/09/2018

Comments

  1. Paulina Gajardo W
    06/09/2018

    Para el señor que no entiende por que? ver expediente http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1778

    a) No ocurría antes pues es una actividad según declaraciones cada 10 años “En la declaración tomada el 27 de agosto a ejecutivos de ENAP, se aclara que el proceso que se estaba llevando a cabo en el Terminal Marítimo al momento de ocurrir la emergencia en Quintero no es habitual, pues corresponde a la obligación legal de “mantención mayor”, que se debe realizar en los estanques cada diez años conforme al D.S. N’ 160/2008, del Ministerio de Energía, que aprueba el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.
    b) Eran aguas oleosas? 51. “El objetivo fundamental de este sistema de tratamiento es recibir y tratar aguas oleosas, que corresponden a aguas decantadas desde el interior de los estanques que almacenan petróleo crudo y otros hidrocarburos. El sistema también tiene por objeto recibir aguas lluvias que puedan encontrarse contaminadas por hidrocarburos, las que se someten a un proceso de separación y, previa verificación de su calidad,son descargadas al medio marino.”
    c) ¿Cumplía con la caracterización comprometida en la RCA? 59. De acuerdo a lo señalado, las características
    del afluente de este sistema de tratamiento se encuentran reguladas expresamente en la RCA y en la evaluación ambiental del proyecto, determinándose que el sistema solo puede recibir tres tipos de residuos líquidos: aguas lluvias, aguas lluvias de pretiles y aguas oleosas procedentes de la decantación de los estanques, además de aguas servidas que ya se encuentran tratadas en un sistema independiente. Las aguas oleosas que puede recibir el sistema fueron caracterizadas en la DIA”

    Ver lo más importante de este punto: Aguas sobrepasadas en hidrocarburos descargándose al mar. Quizás de cuando.
    62. Según se puede verificar a partir de losresultados de análisis expuestos en las tablas precedentes, existe una superación del límite de hidfocarburos totales establecido por la RCA para el afluente del sistema. Los residuos líquidos que fueron dispuestos en el separador API del Sector Ampliación (Muestra 3) presentan 4L3S9,22 mg/L de Alcanos y 357,4 mg/L de COVs, lo que resulta en 41.716,62 mg/l de hidrocarburos totales. Teniendo en cuenta que, conforme a la Tabla N’ 2 de la RCA N’ 53/2005, el límite superior de hídrocarburos totales en el afluente del sistema de tratamiento es de 19.281 mg/l, se verificaría una infracción a la RCA, que se cuantifica en la siguiente tabla:”..

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