Super de Medio Ambiente pide clausurar División Ventanas de Codelco por “inminente riesgo” a salud

El organismo liderado por Juan Carlos Monckeberg ingresó esta mañana la solicitud de cierre temporal ante el Segundo Tribunal Ambiental. "La medida señalada se funda en el grave riesgo al medio ambiente y salud de las personas que esta Superintendencia ha constatado en el ejercicio de su potestad fiscalizadora", dice el texto.;La Segunda, 18 de diciembre 2013.
Lea noticia relacionada: SMA pide clausurar instalaciones de Ventanas y Codelco analiza impacto de la medida.
;

By Comunicaciones Terram

Super de Medio Ambiente pide clausurar División Ventanas de Codelco por “inminente riesgo” a salud

Una de las movidas más relevantes desde que está en funcionamiento realizó hoy la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). A primera hora de esta mañana el organismo fiscalizador ingresó una solicitud ante el Segundo Tribunal Ambiental para que se le permita clausurar la División Ventanas de Codelco por generar un riesgo inminente al entorno y a la salud de las personas.

En específico, la petición de la superintendencia es la clausura temporal de la división de la minera estatal por la existencia de dos obras no evaluadas ambientalmente.

El organismo liderado por Juan Carlos Monckeberg sostiene que -tras ejecutar una inspección y examen de información- la operación de ambas instalaciones son un riesgo inminente para la localidad de Puchuncaví, donde se emplaza la división de la minera estatal.

“Solicito autorización judicial para decretar la medida provisional de clausura temporal y parcial de las modificaciones, obras y actividades desarrolladas en los sitios ‘Sector Botadero’ y ‘Sector Depósito de Seguridad’, de la Fundición y Refinería Ventanas, de Codelco Chile División Ventanas”, dice el escrito ingresado hoy al Tribunal Ambiental.

El texto agrega que “la medida señalada se funda en el grave riesgo al medio ambiente y salud de las personas que esta Superintendencia ha constatado en el ejercicio de su potestad fiscalizadora, toda vez que la empresa Codelco Chile División Ventanas está ejecutando obras y actividades en los sitios ‘Sector Botadero’ y ‘Sector Depósito de Seguridad’, las cuales no han sido sometidas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

“Lo anterior, constituye una infracción de aquellas tipificadas en la letra b) del artículo 35 de la LOSMA (Ley Orgánica de la SMA), la que a su vez se clasifica como gravísima o grave”, afirma la SMA.

La misiva finaliza recalcando que “existen una serie de antecedentes de las actividades de fiscalización (inspección y examen de información) que dan cuenta de que la operación de ambos proyectos ha generado y genera un riesgo inminente de daño al medio ambiente y a la salud de las personas”.

Las instalaciones que no ingresaron a tramitación

Entre las falencias detectadas por el fiscalizador está, por ejemplo, que en el denominado Sector Botadero -usado para depositar residuos de los procesos de fundición y refinamiento-, no cuenta con una superficie impermeabilizada que impida el paso de lixiviados a la napa subterránea, y en especial, al humedal.

También se constata que los niveles de arsénico superan la norma internacional utilizada en todos los sitios muestreados. Por otra parte, los niveles de cobre superan la norma en cuatro de los seis sitios muestreados.

Cabe señalar que el Sector Botadero, está emplazado en un área catalogada como humedal que posee una superficie aproximada de 2.777.000 metros cuadrados. La SMA dice que, en atención a las falencias detectadas, el humedal podría ser dañado por la presencia de contaminantes, lo que afectaría las especies de flora y fauna, y a mayor abundamiento, la dispersión de los residuos podría afectar la salud de las personas.

Respecto al Depósito de Seguridad -ubicado al interior de las instalaciones de la fundición- corresponde a un área utilizada para depositar residuos de los procesos de fundición, refinamiento, tratamiento de gases, entre otros.

La SMA constató que en el suelo del sector existía presencia de arsénico, plomo, antimonio, níquel, cobre, entre otros elementos. Con respecto a las concentraciones identificadas, estas varían dependiendo del elemento y del punto de medición, siendo las más altas aquellas asociadas a arsénico, las cuales presentan valores entre 3.039 partes por millón (ppm) en la zona 8.

De acuerdo a los antecedentes remitidos por la Seremi de Salud, asociados al registro de guías de despacho, se constata que existió transporte de residuos etiquetados como “áridos contaminados” y “áridos contaminados con metales”, desde el Sector Depósito de Seguridad a instalaciones externas, hasta el 11 de marzo de 2013. Asimismo, se adjuntaron las guías que permiten acreditar que los residuos eran de carácter peligroso y que la actividad de saneamiento fue realizada al menos entre el año 2012 y marzo del año 2013.

Respuesta de Codelco: “No existe explicación para solicitar la clausura de dos instalaciones”

Esta tarde, y a través de una declaración pública, Codelco declaró su extrañeza frente a la resolución de la Superintendencia de Medioambiente de solicitar al Tribunal Ambiental la clausura de dos instalaciones de la División Ventanas.

“Esta sorpresiva información, que primero fue difundida a través de un diario y que todavía no ha sido notificada a la empresa, se conoce justo cuando la Contraloría General de República rechazó la paralización de la División solicitada por una organización ambientalista”, señala el texto.

Y agrega: “Codelco estudiará en detalle la resolución antes de responder las imputaciones realizadas, aunque no existe explicación para solicitar la clausura de dos instalaciones de la División Ventanas por no haber sido evaluadas ambientalmente en el Sistema Evaluación de Impacto Ambiental vigente. Estas instalaciones operan de manera ininterrumpida y sin modificaciones desde la década de los 60, con anterioridad a la existencia del Sistema de Evaluación Ambiental y cuentan con los permisos sectoriales requeridos”.

“Lo que han publicado los medios sobre la justificación técnica de la resolución de la SMA, referido al botadero de escoria, se sustenta además en una apreciación equivocada al indicar que este depósito generaría riesgos para las personas. La escoria de la fundición de Ventanas es un residuo industrial no peligroso conforme a lo establece en el reglamento de Residuos Peligrosos (DS 148/03 Salud), lo que fue ratificado por las autoridades sanitarias de la V región en 2011”, añade la declaración, y luego afirma que “la segunda instalación cuestionada según los medios es el depósito de seguridad. Este era un antiguo acopio de residuos peligrosos de Enami que, cuando Codelco se hizo cargo de la Fundición Ventanas, procedió a desocupar, invirtiendo más de US$ 3 millones en esta tarea”.

Finalmente señala que “en los próximos días Codelco espera recibir la notificación y poder estudiar los antecedentes para responder en las instancias que correspondan”.

 

 

  • 1 Comment
  • 18/12/2013

Comments

  1. Osvaldo
    21/05/2014

    Gracias!

Comments are closed.