SMA sancionó a empresa Cal Austral de Chiloé
By Comunicaciones Terram

SMA sancionó a empresa Cal Austral de Chiloé

Luego de recibir variadas denuncias contra el proyecto que produce cal orgánica, la Superintendencia multó con $116 millones a la compañía ubicada en la Región de Los Lagos. Fuente: Aqua.cl 02 julio 2015.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) terminó el proceso sancionatorio contra Cal Austral S.A, titular del proyecto “Acopio de Conchas y Planta de Cal Agrícola Chiloé”, calificado ambientalmente favorable mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 219/2007. La sanción alcanza 221 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a $116 millones.

Dicho proyecto consiste en la instalación de una planta productora de cal agrícola que utiliza como materia prima las conchas de moluscos generadas en plantas de procesamiento de mariscos localizadas en la Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos. Estas conchas se acumulan en áreas de acopio definidas al interior del predio, para luego ser secadas, molidas y ensacadas.

La SMA dijo haber recibido diversas denuncias de ciudadanos y de las municipalidades de Castro y Dalcahue, debido a olores molestos que genera la faena. A causa de estas denuncias, encomendó actividades de inspección a la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud de Los Lagos.

“Tras abrir el proceso de sanción en junio de 2014 el titular presentó un Programa de Cumplimiento a esta institución, el cual fue rechazado por no presentar íntegramente acciones reparatorias de los incumplimientos detectados a su RCA. Posteriormente continuó el proceso sancionatorio, el que estableció diligencias probatorias con muestreos realizados por un laboratorio en los pozos de infiltración con que cuenta la empresa”, detalló la entidad fiscalizadora.

Finalmente, en el proceso sancionatorio la SMA determinó las siguientes infracciones:

1. No cubrir la totalidad de las pilas de acopio de conchas con polietileno.

2. Recepcionar conchas que contienen restos orgánicos, generando olores y presencia de avifauna local.

3. Construir parcialmente las zanjas perimetrales para canalización de produciéndose una acumulación de aguas de contacto en los sectores que rodean las pilas de acopio de conchas.

Adicionalmente a la sanción de 221 UTA, la SMA estableció una medida urgente y transitoria de control a Cal Austral, que consiste en la presentación, dentro de 30 días hábiles contados desde la notificación a la empresa, de un informe que dé cuenta de las acciones y medidas desplegadas a objeto de subsanar cada una de las infracciones constatadas por la Superintendencia.

“Tal informe deberá contener información íntegra, detallada y fehaciente (fotografías, videos, entre otros), de forma de acreditar el pleno cumplimento de la RCA N° 219/2007″, precisó la SMA.

Para mayores detalles acceda al proceso sancionatorio en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) haciendo clic aquí.

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  • 03/07/2015