Tribunal Ambiental acogió reclamo contra evaluación ambiental de termoeléctrica Los Rulos

Denuncia argumenta que el Servicio de Evaluación Ambiental no consideró observación clave realizada por la Seremi de Salud. Fuente: El Observador, 15 de abril, 2016.


El 20 de marzo del 2015, la Seremi de Salud de Valparaíso, a través del documento ordinario número 493, entregó 59 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la empresa IC Power, firma que desea construir una central termoeléctrica en el sector de Los Laureles, en Limache. En esa ocasión, el organismo fue claro y preciso, afirmando que «basado en las herramientas legales y técnicas que esta autoridad sanitaria posee, se concluye y propone que este EIA sea rechazado».

Según la seremi, «el estudio carece de información relevante y/o esencial, toda vez que no es posible evaluar la presencia o generación de efectos, características o circunstancias que generen riesgo a la salud de la población» (…). «Sin embargo, el director del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Valparaíso, Alberto Acuña Cerda, no acogió esta indicación de la autoridad sanitaria, publicando de todas formas, el 7 de mayo del 2015, el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto ´Central Ciclo Combinado Los Rulos´».

Frente a lo ocurrido, el abogado e integrante de la Fundación «Defendamos la Ciudad», Rodrigo Avendaño Vergara, en representación del arquitecto y empresario limachino, Mauricio Zilueta, el 18 de diciembre del año pasado presentó un recurso de invalidez ante el SEA, por considerar ilegal este informe, puesto que no hizo caso al requerimiento de la Seremi de Salud. Sin embargo, esta acción fue declarada inadmisible.

Ante este hecho, el profesional fue más allá y presentó un reclamo ante el Segundo Tribunal Ambiental de Chile, petición que el pasado 7 de abril fue acogida a tramitación. De esta manera, Rodrigo Avendaño quiere demostrar que desde la publicación de este ICSARA el proceso de evaluación está viciado y por lo tanto, se debe declarar ilegal. Si el tribunal tomara una decisión en esta línea, se devolverían los antecedentes y el estudio de impacto ambiental al titular, comenzando todo desde cero, si la empresa así lo decidiera.

DEBER LEGAL

Al respecto, el abogado Rodrigo Avendaño expresó a «El Observador» que «en nuestro opinión, el SEA no tenía ninguna opción de no atender la solicitud de la Seremi de Salud, porque era un deber que le impone la ley».

El jurista se refiere al Artículo 15 bis de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, que sostiene que «si el estudio de impacto ambiental carece de información relevante o esencial para su evaluación que no pudiere ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, el Director Regional o el Director Ejecutivo, así lo declarará mediante resolución fundada, ordenando devolver los antecedentes al titular y poniendo término al procedimiento».

Pero el director del Servicio de Evaluación Ambiental podrá dictar esta resolución sólo en un plazo de 40 días contados desde la presentación del estudio de impacto ambiental. En caso contrario, no podrá devolverlo ni rechazarlo, viéndose obligado por ley a seguir con la evaluación. Y este EIA fue presentado el 3 de febrero del 2015 y Acuña emitió la ICSARA de la central termoeléctrica «Los Rulos» el 7 de mayo de ese año, después del período establecido.

En esa línea, el abogado y miembro de «Defendamos la Ciudad» aclaró que «la ley no le otorga facultad al director del SEA para ir en contra de esa solicitud si ésta se ajusta a los parámetros legales. Con esta actitud, el organismo vició todo el proceso, por lo tanto, todos los actos posteriores están viciados de ilegalidad y no pueden ser subsanados».

Cabe mencionar que, luego de presentado este reclamo, el Segundo Tribunal Ambiental estableció un plazo de 10 días corridos para que el director regional del SEA se pronuncie al respecto.

«El SEA hizo caso omiso a todas las observaciones»

Sobre esta solicitud de la Seremi de Salud, la integrante de la Coordinadora Regional por la Sustentabilidad Ambiental, que agrupa a distintas agrupaciones ambientalistas de Limache y la zona en general, Claudia Arcos Duarte, afirmó a «El Observador» que «la termoeléctrica, para instalarse en Limache, lo que dice es que la comuna es un lugar no contaminado o poco contaminado, pero eso ellos lo deben demostrar. Entonces, lo que se necesita, como mínimo, son dos centrales de monitoreo de la calidad del aire, en distintos puntos de la ciudad».

Agregó que «la empresa lo que hizo fue subir unos gráficos, que nadie sabe de dónde los sacaron, los cuales dicen que en Limache no hay de estas centrales, lo que es una falsedad, porque existe una, pero para la Seremi de Salud deben existir dos, con cinco años de medición. Frente a eso, este organismo pide que retire el proyecto, porque no se puede evaluar».

La ambientalista manifestó que «desde ese argumento, que es el más sólido y no se puede discutir, con este reclamo lo que se acusa es que el SEA hizo caso omiso a esta observación de la seremi y en el fondo, a todas las que presentó la ciudadanía y que apuntan a esa dirección».


Publicado en: Resumen de prensa

Etiquetas: termoelectrica

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