Superintendencia de Medio Ambiente formuló cargos en contra de Alifrut

'La producción de la planta de Chillán es mayoritariamente para exportación por lo que cumplimos las normas y más de lo exigido'. Fuente: Crónica de Chillán, 16 de mayo de 2017.


Son tres los cargos que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) le formuló a la empresa Alifrut, el 5 de mayo, siendo una de estas faltas, detonante para una posible revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Si bien hasta la fecha no ha sido notificado el gerente general de la empresa, Gonzalo Bachelet, el proceso se mantiene vigente en contra de Alifrut donde trabajan 175 personas en temporada baja y en verano más de 900.

«No tenemos formulaciones previas ni posteriores en la Superintendencia de Medio Ambiente. Tenemos solo un proceso que involucra tres cargos, de los que fuimos recientemente notificados, que data de agosto de 2015. Luego de esto, no hay registro de otro incidente. La producción de la planta de Chillán es mayoritariamente para exportación por lo que cumplimos las normas y más de lo exigido», recalcó Ricardo Carrasco, jefe de medioambiente de Alifrut.

Cada uno de los tres cargos fue elaborado a partir de la fiscalización que se realizó en agosto de 2015, por parte de funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero y de la Seremi de Salud, quienes verificaron el manejo de residuos industriales líquidos que genera la empresa, agua de procesos de lavado de frutas y hortalizas.

En estos puntos pesquisados se encontraron detalles graves como que Alifrut realiza el riego de los predios mediante tecnología por tendido, lo cual no corresponde a la tecnología comprometida en la RCA vigente, ya que se había propuesto hacerla por aspersión y además se aseguró que esta no se realizaría en periodo de invierno, lo cual no fue acatado según las conclusiones que se incluyeron en el procedimiento sancionatorio.

A lo anterior se suma las aguas que fueron vertidas se encontraban con un tratamiento incompleto, ya que algunos de los equipos que se requieren para realizar el ciclo completo de saneamiento, no estaban en uso, dentro de los cuales se apuntó el ecualizador, reactor biológico y sedimentadores.

«Siempre ha funcionado de acuerdo a lo autorizado, el tranque construido no se ha usado. El día de la multa la planta no estaba en funcionamiento en los procesos, por lo tanto lo evacuado fue agua lluvia que se acumuló en exceso, se vació en campos nuestros destinados precisamente para esto y completamente autorizados», explicó Carrasco.

Además se constató que las aguas que se riegan en los predios no se realiza utilizando criterios adecuados en base a las necesidades de cada uno de los diferentes cultivos que tienen, debido a que el sistema de riego desde donde se acumula el agua a los potreros es automático, o sea se regula dependiendo del nivel de los líquidos almacenados, por lo que no considera la necesidad hídrica de los cultivos, condiciones climáticas u otras eventualidades, lo cual quedó registrado al momento de la inspección, ya que se verificó suelos inundados, a tal punto que estaba aposada en la superficie de los predios donde se regó.

«No hubo riego, la situación se originó puntualmente por un exceso de lluvia en esa fecha, esta que se encausó, tal como explicamos, a uno de nuestros campos que están disponibles para ello. En esa fecha la planta no estaba en producción, por lo que solo se trataba de aguas lluvias», sostuvo jefe de medioambiente de Alifrut.

Una de las faltas leves, pero que también fue objetada por la SMA, es que Alifrut no realiza los monitoreos a las aguas con las cuales riega los campos, lo cual estaba comprometido en su RCA, pero sí constató que algunos de los parámetros de la Norma Chilena 1.333, se contemplaron durante enero, febrero y agosto de 2015, pero en dichos informes se encuentra excedidos el sodio porcentual.

CARGOS EN CONTRA:

El tratamiento de líquidos, opera distinto a lo autorizado, ya que no se usan algunos de los equipos y un tranque sin sistema de impermeabilización, para acumulación de aguas.

Riego en temporadas y de un modo distinto al autorizado.

No realizan monitoreos a líquidos con los que riega los cultivos, pero sí el monitoreo de los que están en la Norma Chilena 1.333, en enero, febrero y agosto de 2015, donde en todos ellos se encuentra excedido el sodio porcentual.

Ingrid Acuña Caballero

Los comentarios están cerrados.