Reforma al Código de Aguas favorecerá el consumo humano
By Comunicaciones Terram

Reforma al Código de Aguas favorecerá el consumo humano

Director de la DGA explicó los puntos a Comisión del Senado. Fuente. Mercurio de Calama, 7 de septiembre de 2017.

Ante la Comisión de Agricultura del Senado, el director general de Aguas del MOP, Carlos Estévez presentó la reforma al Código de Aguas comprendida en el proyecto de ley 7543-12, la cual propende a la gestión equilibrada del agua basada en cinco ejes, como son la priorización de las aguas para la función de subsistencia, protección de áreas de importancia patrimonial y ambiental, fortalecimiento de atribuciones de la DGA, fomento del uso eficiente de las aguas y construcción de mayor seguridad jurídica para los dueños de derechos.

CONSUMO HUMANO

Estévez señaló que esta reforma prioriza el uso para el consumo humano, de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento, como en la limitación temporal al ejercicio de los derechos de aprovechamiento, y junto con ello se establecen beneficios para los Comités de Agua Potable Rural.

A nivel regional, el seremi de Obras Públicas, César Benítez, explicó que, en cuanto a la preservación ecosistémica, se prohibirá la constitución de derechos de aprovechamiento en áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad y en aguas subterráneas que alimenten vegas, bofedales y pajonales en la macrozona norte.

“Además, se exime del pago de patentes por no uso a titulares de derechos no extractivos de aguas que no los utilicen a fin de mantener la función ecológica de áreas declaradas protegidas por el Ministerio de Medio Ambiente, como en proyectos para fines recreacionales o turísticos, que impliquen no utilizarlas ni extraerlas de su fuente”, acotó Benítez.

En cuanto al reforzamiento de las facultades de la DGA en materia de gestión de aguas superficiales, se reconoce en las Juntas de Vigilancia la atribución para distribuir las aguas.

“Sin embargo, de no existir Junta de Vigilancia y si la explotación de aguas de unos perjudica a terceros, la DGA podrá establecer la reducción temporal del ejercicio a prorrata de sus derechos. Y en el caso de que exista más de una Junta de Vigilancia en un mismo río, si una de ellas se siente perjudicada por la extracción de otra, podrá solicitar a la DGA una redistribución de aguas entre las distintas secciones”.

Son sólo algunos de los aspectos que está tratando esta importante reforma.

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  • 07/09/2017