Corte Suprema confirma fallo de Tribunal en reclamación de Corporación Puelo Patagonia

La acción cuestionaba camino rural privado que conectaría con el acceso al proyecto Central de Pasada Mediterráneo. Fuente: El Heraldo de Puerto Varas, 5 de octubre de 2017.


En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto por la Corporación Puelo Patagonia, que buscaba modificar dos decisiones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sobre la construcción de un camino rural privado que conectaría con el acceso al proyecto Central de Pasada Mediterráneo.

La SMA formuló cargos en contra de Inversiones y Rentas Los Andes S.A., por no ingresar a evaluación ambiental la construcción del citado camino, y posteriormente aprobó un Programa de Cumplimiento con el objeto de ingresarlo debidamente al Servicio de Evaluación Ambiental, paralizando temporalmente el procedimiento sancionatorio.

Según la Corporación, el caso se trataba principalmente de uno de fraccionamiento del proyecto Central de Pasada Mediterráneo, aunque en subsidio también alegó que el citado programa era insuficiente y por tanto, debía rechazarse y continuarse el procedimiento sancionatorio.

En su sentencia de noviembre de 2016, el Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes; había acogido íntegramente los fundamentos esgrimidos por la SMA, confirmando sus dos decisiones.

En su resolución, la Corte Suprema concluye que la sentencia del Tribunal Ambiental ‘contiene fundamentos suficientes para sostener lo expresado en lo resolutivo’, por lo que se rechaza el recurso de casación en la forma. En cuanto al recurso de casación en el fondo, el máximo tribunal concluye que éste se interpuso sin expresar claramente cuál era la infracción de ley que se habría cometido en la sentencia impugnada, lo que considera inaceptable tratándose de un recurso de derecho estricto.

De esta forma, el titular del camino rural deberá ejecutar el programa de cumplimiento en los términos establecidos por la Superintendencia, e ingresar a evaluación ambiental su construcción, a través de un Estudio de Impacto Ambiental

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