Proyecto de ley de eficiencia energética crea figura de “empresas energo-intensivas”

La propuesta legal se encuentra en la comisión de Minería y Energía del Senado y contempla la regulación en este tema para las áreas de grandes consumidores de energía, transporte y edificios. Fuente: Revistaei.cl, 22 de enero de 2018.

By Comunicaciones Terram

Proyecto de ley de eficiencia energética crea figura de “empresas energo-intensivas”

En la comisión de Minería y Energía del Senado se encuentra el proyecto de ley de eficiencia energética, propuesto por una moción parlamentaria de cinco senadores, donde se plantea un marco normativo de tres artículos para regular el tema en los grandes consumidores de energía, el transporte y en los edificios.

La iniciativa establece que aquellas empresas que tengan consumos energéticos sobre 100 tera-calorías anuales, o aquellas que tengan instalaciones con un consumo energético anual, igual o superior a las 50 tera-calorías, podrán ser consideradas como “empresas energo-intensivas”.

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Según el proyecto, las compañías que cumplan estas condiciones deberán reportar anualmente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sus consumos de energía, además de incorporar, en el plazo de 12 meses desde la promulgación de esta ley, un Sistema de Gestión de Energía, en cada una de sus instalaciones con consumos iguales o superiores a 10 tera-calorías anuales.

“Alternativamente, las empresas energo-intensivas podrán cumplir la obligación anterior si obtienen y mantienen vigente la Norma Chilena 50.001, o aquella que la reemplace. El sistema de gestión podrá ser auditado, al momento de iniciarse, y luego cada tres años, por una empresa que esté acreditada para certificar la Norma Chilena 50.001, y la referida auditoría deberá ser enviada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”, se indica en el proyecto de ley.

En el sector de transporte se contempla que el parque de vehículos livianos cumpla con las siguientes metas de emisiones de dióxido de carbono (CO2): 130 gramos de CO2 por kilómetro al año 2021 y 95 gramos de CO2 por kilómetro al año 2026. Los responsables del cumplimento serían los fabricantes, armadores, importadores o sus representantes para cada marca, quienes se exponen a multas en caso de incumplimientos.

Además se establece que, para estos efectos, se podrá utilizar la información de emisiones de la Etiqueta de Eficiencia Energética y, los responsables podrán enviar, anualmente, un informe al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, respecto de su nivel de cumplimiento.

Finalmente el tercer artículo del proyecto indica que las edificaciones de tipo residenciales nuevas “podrán obtener, para su comercialización, la Calificación Energética de Viviendas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y exhibir dicha calificación en los puntos de venta de las viviendas”.

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  • 23/01/2018