Municipalidad de Quintero llega a la Corte Suprema por derrame en 2014

El municipio quiere dar la pelea en la Corte Suprema luego de que el Tribunal Ambiental de Santiago rechazara la demanda contra la petrolera por el derrame ocurrido en septiembre de 2014. Fuente: Revista Electricidad. 14 mayo de 2018.


La Municipalidad de Quintero no baja los brazos en su pelea con Enap. Ahora la lucha la dará en la Corte Suprema, donde espera revertir la decisión que en marzo tomó el Tribunal Ambiental de Santiago al rechazar la demanda contra la estatal por el derrame de 38.700 litros de petróleo crudo la madrugada del 24 de septiembre de 2014.

El Segundo Tribunal dictaminó que el incidente no tuvo consecuencias duraderas o permanentes para el ecosistema de la bahía, debido al rápido accionar de la empresa. Sin embargo, el equipo que lidera el alcalde Mauricio Carrasco (independiente) y donde participa el socio de Urrutia y Compañía, Stephan Luhrmann, ya presentó un recurso de casación ante el tribunal ambiental, el que fue acogido, y ahora se espera que la demanda llegue a la Corte Suprema, específicamente a la Tercera Sala, para su análisis durante los próximos días.

Los argumentos de Quintero

Y el principal sustento de esta nueva arremetida de Quintero es el extenso voto disidente que emitió el integrante del Tribunal Ambiental Rafael Asenjo. En 22 páginas, el ex presidente de la sala señala abiertamente que Enap es responsable por el daño ambiental que provocó el derrame.

Asenjo, de hecho, indica que existen “antecedentes probatorios suficientes” que permiten estimar que sí hubo afectación. “Fruto del derrame del 24 de septiembre de 2014, se detectó, en primer término, la presencia de hidrocarburos en la columna de agua, lo que duró aproximadamente 14 días. Luego, en cuanto al fondo marino, la evidencia indica que hubo hidrocarburos fijos y metales pesados (níquel y vanadio) en el sedimento submareal hasta febrero de 2015”, el documento.

También indica que Enap cometió serie de infracciones normativas, las que califica como “culposas”, como, por ejemplo, la vulneración del artículo 131 del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, que establece, describe Asenjo, “el deber de disponer de procedimientos escritos, por la autoridad marítima, que garanticen la operación y mantención segura del terminal e instrucciones específicas para enfrentar emergencias”.

Para la municipalidad, los argumentos del ministro disidente acogen a plenitud la postura que ha defendido la alcaldía y la comunidad de Quintero en este hecho. “Tenemos la confianza en que el voto disidente del abogado Rafael Asenjo tiene la argumentación suficiente como para defender nuestros planteamientos en la Corte Suprema”, señala el director jurídico de Quintero, Luis Araya.

En tanto, en la petrolera están confiados con la resolución que emitió el órgano ambiental, pues reconoce que actuaron de manera rápida. Además, destaca el compromiso que tienen con la comunidad y la puesta en marcha del Plan de Mejoras para el Terminal Marítimo de Enap en Quintero, “orientado a la prevención de futuros incidentes en el mar, con inversiones que superan los US$ 20 millones”, explica la compañía.

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