Corte Suprema advierte imprecisiones en ley de bolsas plásticas

Señala ambigüedad en reconocimiento de infractores y futuro de ordenanzas municipales. Fuente: La Tercera. 1 junio de 2018.


Este jueves, la Corte Suprema respondió a la solicitud pedida por la Comisión de Medio Ambiente del Senado, para pronunciarse sobre la ley que establece la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas plásticas en el país.

El libelo, que ahora será enviado al Tribunal Constitucional junto con la ley despachada por el Congreso el miércoles, manifiesta dudas respecto del mecanismo de infracción para quienes vulneren la ley. Por ejemplo, plantea que si un establecimiento comercial no cumple la normativa, se debe precisar si la multa es al propietario del establecimiento o a sus dependientes, “pues estos últimos actúan por cuenta de los primeros, sin embargo, es posible que sean las únicas personas que sea factible identificar”.

Sobre la normativa también manifiesta dudas de si se puede multar e incautar las bolsas plásticas que se puedan tener en el establecimiento de comercio destinadas a la entrega de los productos en venta, aún cuando estas no sean entregadas al cliente.

También plantea dudas respecto del monto total de la multa, que es de 5 UTM, pues no se especifica si es por cada bolsa o por la infracción en general.

Finalmente, el tribunal también sugiere aclarar qué ocurrirá con las ordenanzas municipales que hoy operan en varias comunas sobre el tema, cuando entre en vigencia la ley.

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