Proyecto de ley que declara luminosidad artificial como elemento contaminante queda listo para su promulgación

El proyecto exige un Estudio de Impacto Ambiental cuando la fuente esté próxima a glaciares o áreas con valor para la observación astronómica. Fuente: El Dínamo, 29 de mayo de 2019.

By Comunicaciones

Proyecto de ley que declara luminosidad artificial como elemento contaminante queda listo para su promulgación

Para su promulgación como ley de la República quedó el proyecto que incorpora como elemento contaminante la luminosidad artificial en la legislación sobre protección medioambiental, luego que la Sala de la Cámara Baja ratificara las modificaciones planteadas por el Senado.

Junto con algunos cambios formales, el Senado realizó un par de precisiones sin alterar el fondo de la iniciativa aprobada en el primer trámite, de ahí que la Sala de la Cámara de Diputados aprobara finalmente esta iniciativa.

En primer lugar, se incorporó el concepto de “luminosidad artificial” en el listado de los elementos que pueden llegar a ser un elemento contaminante, en contraposición con la Cámara que había definido una categoría nueva aparte denominada “contaminación lumínica”.

En el proyecto se precisa que se requerirá de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental cuando la incidencia contaminante se produzca en o esté próxima a glaciares o áreas con valor para la observación astronómica con fines de investigación científica.

Asimismo, atendiendo la constitución del nuevo Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, se incorporó una nueva función a la cartera, la de proponer al Presidente de la República las áreas con valor científico y de investigación para la observación astronómica, las que deberán ser declaradas por decreto supremo y suscritas también por el Ministerio del Medioambiente.

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  • 30/05/2019