La preocupante situación de la fiscalización ambiental

Editorial del equipo de Fundación Terram ante las competencias de la Superintendencia del Medio Ambiente.


A comienzos de este mes, el superintendente de Servicios Sanitarios, Jorge Rivas, detalló las conclusiones del informe elaborado por la entidad a partir del evento que se desató el 11 de julio en Osorno y que dejó durante 10 días a miles de osorninos sin agua potable, falta que incluye una serie de «infracciones confirmadas» por parte de la empresa ESSAL y la posibilidad de caducar su concesión para operar en la zona como consecuencia de estas infracciones.

Ante esta situación, desde Fundación Terram no podemos dejar de comparar el actuar de esta superintendencia -que ha dado curso a sus potestades para fiscalizar y sancionar a una empresa que ha generado un daño al bienestar de la ciudadanía-, con el modus operandis que ha aplicado, por ejemplo, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ante casos similares.

Un año después de las intoxicaciones masivas ocurridas en la Bahía de Quintero, observamos que aún no se han aplicado medidas efectivas en contra de las empresas que componen el Parque Industrial de Ventanas, como por ejemplo, la clausura. La justificación permanente se basa en que varias de las industrias que constantemente contaminan el suelo, el agua y el aire de la zona, no cuentan con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), ya que estas se instalaron previamente a la creación de la legislación ambiental.

Sin embargo, la Corte Suprema ha sostenido una interpretación más amplia de las competencias de este ente fiscalizador más allá de los instrumentos que establece la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente N°19.300, como lo hizo en el fallo emitido a favor de los sindicatos de trabajadores independientes, pescadores artesanales y buzos mariscadores, de las caletas de Ventanas y Horcón sobre el derrame de petróleo que ocurrió en 2014 en Quintero, donde en enero de 2018 la Tercera Sala del máximo tribunal señaló que la SMA «debe fiscalizar toda clase de actividades que puedan lesionar el medio ambiente, con independencia de si las mismas han sido sometidas previamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental».

Tomando en cuenta los antecedentes mencionados y sumado a que después de 9 meses, todavía no hay un superintendente del Medio Ambiente designado en el cargo, evidenciamos que este tema pareciera no preocuparle más que a organizaciones ambientales y comunidades afectadas por las incompetencias del Estado en temáticas ambientales. Es claro que las atribuciones de esta institución están mucho más limitadas que sus pares. Además, la SMA no cuenta con el presupuesto suficiente para cumplir con todas sus funciones. Ante esto nos preguntamos ¿Quién le pondrá el cascabel al gato?


Publicado en: Opinión

Etiquetas: Destacado editorial terram

Los comentarios están cerrados.