Panel técnico rechaza reclamo de Astaldi por embalse La Punilla

La entidad, sin embargo, reconoció que para alcanzar la capacidad de almacenamiento deberá realizarse una 'obra adicional compensable' a la concesionaria. Fuente: El Mercurio, 20 de agosto de 2019.


Un nuevo capítulo se conoció ayer de la tensa relación entre el Ministerio de Obras Públicas (MOP) y la firma italiana Astaldi, operador de la concesión del embalse de riego y generación eléctrica La Punilla, Región de Ñuble, adjudicada en 2016 por un plazo de 45 años y cuyas obras aún no comienzan. El Panel Técnico de Concesiones rechazó la solicitud de la concesionaria —efectuada en junio pasado—, que en una de las opciones involucraba cerca de US$ 170 millones.

Esto, por lo que calificó como ‘un error trascendental’ del ministerio en la definición de la capacidad de almacenamiento de La Punilla, del orden del 10%. En su reclamo, la compañía pidió modificar el contrato de concesión para que la concesionaria evite el incumplimiento de sus obligaciones en riego y generación. A la vez, planteó que el Panel recomiende una de las tres compensaciones económicas que señaló, las que argumentó de acuerdo a consideraciones técnicas. La más baja era de 2,22 millones de UF, unos US$ 91 millones; luego indicó otra de 2,32 millones de UF, cerca de US$ 95 millones; mientras que la más elevada ascendió 4,16 millones de UF, equivalentes a US$ 170 millones (monto a junio). Esta última cifra en UF equivale al 44% del presupuesto de la concesión.

La concesionaria explicó en el texto ante el Panel que ‘dichos errores implican, entre otros, una disminución de volumen de 61,1 millones de m3 respecto de la capacidad de almacenamiento total del embalse definida en las bases de licitación, que corresponde a 625 hm3 . Esta diferencia es de tal magnitud, que podría ser considerada por sí sola como un proyecto individual’. Agregó que ‘lo anterior genera severos efectos en el cumplimiento de las obligaciones contractuales vinculadas a la entrega de agua para riego y además produce efectos económicos adversos en el servicio de producción de energía hidroeléctrica’. El Panel —cuyas recomendaciones pueden derivar en un acuerdo entre las partes o un arbitraje— indicó ayer en un documento que es una obligación de la concesionaria construir un embalse de una capacidad de almacenamiento de agua de 625 hm3, según indican las bases de licitación.

Pero añade que dicha obligación ‘no es susceptible de ser cumplida’ debido a que existe una incongruencia entre lo exigido en las bases, un embalse de almacenamiento de 625 hm3 con un muro de 137 metros de altura. Así, agrega que el trabajo que debe efectuarse para alcanzar dicha capacidad ‘constituye una obra adicional compensable de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Concesiones’. El Panel insta a las partes a buscar una solución técnica cuya capacidad de embalse ‘haga viable su construcción, desde el punto de vista económico-financiero, social y ambiental’. La entidad agrega que si se modifica el contrato para una represa de menor capacidad, deberá considerarse una redefinición de las ‘reglas de operación’. A la vez, el Panel indica que ‘se rechaza la solicitud de compensación en cualquiera de los escenarios planteados, dado que la SC (sociedad concesionaria) solo consideró modificar las reglas de operación sin considerar que el proyecto exige en sus BALI (bases de licitación) mantener la capacidad de almacenamiento de agua de 625 hm3’.

Otra disputa

Esta pugna es paralela a otra entre el MOP y Astaldi por el mismo proyecto. La semana pasada, el ministerio cobró una póliza de garantía a la concesionaria del embalse La Punilla por cerca de 460 mil UF, unos US$ 18 millones, debido al incumplimiento de la firma de enterar un capital mínimo de $40 mil millones.

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