Dos Chiles frente al Acuerdo de Escazú: el de Piñera y el resto de los habitantes

Editorial de Fundación Terram frente a la negativa del Gobierno de Sebastián Piñera para firmar el Acuerdo de Escazú.


Este domingo, en el programa Mesa Central de Canal 13, el Presidente Sebastián Piñera aclaró que su Gobierno no tiene intenciones de firmar el Acuerdo de Escazú, pese a que en la Asamblea General de las Naciones Unidas, realizada durante la semana pasada, señaló que estaría considerando algunas observaciones y “reservas” al primer tratado sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales de América Latina y el Caribe. Estas declaraciones evidentemente apuntan en el sentido contrario de lo que los habitantes de este país esperamos y necesitamos.

El Presidente comete, este sentido, un grave error, pues centra su discurso en una mirada estrecha, sin altura de miras, en la cual resta importancia al contenido del Acuerdo de Escazú y al hecho de que este tratado fue negociado con la participación de muchos actores políticos y sociales de Latinoamérica y el Caribe. Cabe recordar que el texto final fue acordado en marzo de 2018 y se abrió para la firma en septiembre del mismo año, habiendo sido suscrito, hasta la fecha, por 21 países y ratificado por 6 Estados.

De esta manera, con su negativa el mandatario asume en forma personal una responsabilidad histórica, en la medida que su gobierno ha sido incapaz de explicar en forma clara y veraz cuáles son las razones que avalan que el Estado de Chile se haya restado de suscribir este importante acuerdo internacional. Según Piñera, “todo lo que establece el Acuerdo de Escazú en materia de participación ciudadana, información, transparencia, ya está contenido en nuestra legislación nacional”, afirmación que resulta, a lo menos, errada.

Según datos recopilados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), existen 116 conflictos ambientales en Chile y, de ellos, 62 se encontraban activos; además, según un estudio del Consejo Nacional de Innovación para el Desarrollo concluido este año, nuestro país ocupa el quinto lugar entre las naciones con más conflictos de este tipo si se analiza la cantidad de disputas por número de habitantes. Muchos de estos conflictos son suscitados ante la escasa o nula participación a la que pueden acceder las comunidades y agrupaciones opositoras a proyectos en asuntos ambientales.

Bajo este contexto, no existe en Chile ningún tipo de mecanismo de apoyo, incluida la asistencia técnica y jurídica gratuita, a personas o comunidades vulnerables frente a proyectos de inversión que los afectan, lo que genera una brecha entre éstas y el poder de acceso que poseen las grandes corporaciones. La existencia de estos mecanismos de apoyo a personas o comunidades vulnerables es concebida por el Acuerdo de Escazú como una condición indispensable para la materialización y efectividad del derecho de acceso a la justicia ambiental.

Por otra parte, la mayoría de los principios consagrados en el Acuerdo de Escazú, tales como el de igualdad y no discriminación, el de no regresión, el precautorio o el pro persona, no se encuentran contenidos en la legislación ambiental chilena y, en el caso de estarlos, no se respetan a cabalidad. Atendido este escenario, resulta necesario que, de una vez por todas, el Presidente explique al país, de forma coherente y consistente, dónde y de qué manera la legislación chilena recoge los estándares contenidos en el Acuerdo de Escazú, porque, al parecer, vivimos en países distintos.

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