Reclamación contra Mina Invierno fue declarada fuera de plazo
By Cristóbal Moreno

Reclamación contra Mina Invierno fue declarada fuera de plazo

En la sentencia se establece que el reclamo fue interpuesto cumplidos los 30 días establecidos como plazo legal. Fuente: El Sur, 15 de marzo de 2020.

La Corte Suprema acogió los recursos de casación presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y la empresa Minera Invierno S.A. en contra de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que invalidó resoluciones ambientales del proyecto minero ubicado en la Región de Magallanes.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Arturo Prado y Ángela Vivanco- estableció que el reclamo se interpuso fuera del plazo legal de 30 días. La resolución indica que “tratándose, entonces, de un reclamo de ilegalidad, corresponde establecer el plazo para interponerlo en la vía administrativa previa ante la Administración Ambiental”.

El dictamen sostuvo que “existen dos tipos de invalidación: una de carácter general de acuerdo a la Ley de Procedimiento administrativo, excluida para el responsable del proyecto y los terceros intervinientes en el procedimiento; y la ‘invalidación impropia’ o invalidación procedimental, enderezadora o recurso, a la que puede acudir todo interesado, sea que haya intervenido o no en el procedimiento administrativo como parte o tercero (…)”.

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  • 16/03/2020