Corte oficia a siete organismos públicos por cumplimiento de medidas en Quintero y Puchuncaví
By Cristóbal Moreno

Corte oficia a siete organismos públicos por cumplimiento de medidas en Quintero y Puchuncaví

Tribunal solicitó informar medidas ante el fallo de la Suprema, que ordenó revelar el origen de gases contaminantes. Fuente: La Tercera, 26 de mayo de 2020.

El 20 de mayo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso solicitó a siete servicios informar el cumplimiento de un inédito fallo de la Corte Suprema, dictado el 28 de mayo de 2019, que dispuso al gobierno identificar el origen de los gases “producidos por todas y cada una de las fuentes presentes en la bahía de Quintero, Ventanas y Puchuncaví” que “resultan dañinos para la salud y el medioambiente”.

La sentencia del máximo tribunal acogió nueve de 12 recursos de protección interpuestos por organizaciones, municipios y políticos de la zona, a propósito de la crisis ambiental de agosto y septiembre de 2018, que provocó que 1.759 personas tuvieran síntomas de intoxicación. A pocos días de cumplirse un año del fallo, que solicitó la elaboración de un informe con medidas a implementar “en el término máximo de un ario”, la corte porteña ofició a los ministros y seremis de Salud y Medio Ambiente, al ministro del Interior y Seguridad Pública y a los alcaldes de Quintero y Puchuncaví para que informen, en un plazo de cinco días, “la manera en la que se está dando cumplimiento a lo resolutivo de la sentencia de la Excma.

Corte Suprema”. Desde el Ministerio de Salud se informó que se está preparando el oficio de respuesta. Mientras que la Seremi de Medio Ambiente de Valparaíso, Victoria Gazmuri, aseguró que a la fecha esta repartición “no ha sido notificada (…) con la entrada en vigencia del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA); en marzo de 2019, las empresas de la zona tuvieron que congelar sus emisiones”. Gazmuri agregó que, “a su vez, existen una serie de acciones que forman parte de los compromisos incluidos en el PPDA y que actualmente se encuentran en ejecución, tales como el rediseño de la red de monitoreo de calidad del aire de la zona y la elaboración de una norma que regule los compuestos orgánicos volátiles (COVS)”.

Reiteración

La sentencia también establece que el gobierno deberá acordar “las medidas necesarias para evitar la reiteración de eventos de contaminación”. Sin embargo, y si bien ha disminuido su frecuencia respecto de años anteriores, en la bahía de Quintero y Puchuncaví se siguen registrando episodios contaminantes.

En lo que va del año, se han registrado cuatro alertas y dos preemergencias por superación de la norma horaria de dióxido de azufre. Alejandra Donoso, abogada de la Defensoría Ambiental y de otros organismos recurrentes en el fallo, sostiene que “las medidas no han sido suficientes. Está clarísima la vulnerabilidad en que se encuentran las personas en la zona”. En el contexto del Covid19, agregó que “el virus ataca de manera más profunda a quienes tienen sus sistemas respiratorios e inmunes debilitados. Avanza de mejor manera en las zonas contaminadas.

Todo eso ocurre en Quintero y Puchuncaví”. En la Municipalidad de Quintero su alcalde, Mauricio Carrasco, señaló que “tenemos que precisar que de esas medidas, ninguna involucra directamente las competencias de la municipalidad, las medidas van dirigidas al Poder Ejecutivo, como los ministerios de Salud y Medio Ambiente. Para los municipios sería más bien fiscalizar el cumplimiento. Eso nos va a permitir solicitar la revisión del plan de descontaminación y planes de las empresas”. Fue justamente el municipio de Quintero el que presentó una querella criminal en contra de algunas empresas. Dicha acción, actualmente sigue en curso.

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  • 27/05/2020