Reclamación por proyecto en Torres del Paine fue revisado en Tribunal Ambiental
By Comunicaciones

Reclamación por proyecto en Torres del Paine fue revisado en Tribunal Ambiental

La reclamación viene desde la empresa que ha sido multada por la SMA debido a diversos incumplimientos ambientales registrados en el Hotel Lago Grey y la embarcación Grey III, en el Parque Nacional Torres del Paine. Fuente: Radio Polar, 9 de junio de 2020.

El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, escuchó este martes los alegatos en la reclamación interpuesta por Turismo Lago Grey S. A. en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que la sancionó con varias multas que sumaron de 988,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA; aproximadamente $597.000.000); por diversos incumplimientos ambientales registrados en el Hotel Lago Grey y la embarcación Grey III, en el Parque Nacional Torres del Paine, en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.

Durante la audiencia realizada mediante videoconferencia, el titular reconoció la existencia de las infracciones, pero cuestionó la calificación de las mismas. Según el reclamante, tres de los cargos habían sido calificados originalmente por la SMA como leves y en la resolución sancionatoria fueron recalificados como graves, lo que aumentó la multa en su contra. La empresa adujo que no pudo defenderse frente a esta recalificación y que la SMA debió reformular esos cargos antes de la resolución de sanción.

Además, el titular aseguró que no está obligado a limitar su reclamación judicial a lo que presentó en el recurso de reposición, ya que dicha limitación solo procedería en casos donde el recurso ante la misma administración es obligatorio para acudir al Tribunal, y en este caso es facultativo. Finalmente, la empresa argumentó que su capacidad de pago se ha visto afectada por la situación de la pandemia del COVID 19, y que proyecta nulos ingresos en lo que queda de 2020 a raíz de esta situación.

Por su parte, la SMA solicitó rechazar con costas la reclamación, alegando que existió desviación procesal en la acción ante el Tribunal. Esto porque, según el organismo fiscalizador, la empresa planteó ante el Tribunal cuestiones totalmente distintas a las presentadas en el recurso de reposición en fase administrativa, por lo que la reclamación sería improcedente.

Respecto del fondo de las alegaciones, la SMA aseguró que la resolución sancionatoria es legal y correctamente fundada y que el titular solo buscaría reintentar un nuevo programa de cumplimiento. Según el organismo fiscalizador, el proyecto ha generado diversos efectos en el Parque Nacional Torres del Paine y los incumplimientos ambientales del titular fueron ponderados y evaluados de acuerdo a su gravedad, a la hora de determinar la calificación de los cargos y la multa aplicada como sanción.

Tras la audiencia, el Tribunal integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero; Sra. Sibel Villalobos Volpi y Sr. Jorge Retamal Valenzuela, determinó dejar la causa en estudio.

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  • 10/06/2020