Segundo Tribunal Ambiental acogió reclamación de Candelaria y ordena a la SMA dictar nueva resolución sancionatoria

La Superintendencia de Medio Ambiente había multado a la empresa por más de $2.700 millones a raíz de diversas infracciones a las resoluciones de calificación ambiental. El ente fiscalizador estudia la opción de apelar ante la Corte Suprema. Fuente: Diario de Atacama, 24 de noviembre de 2020.

By Cristóbal Moreno

Segundo Tribunal Ambiental acogió reclamación de Candelaria y ordena a la SMA dictar nueva resolución sancionatoria

El Segundo Tribunal Ambiental de Santiago acogió la reclamación de Minera Candelaria en contra de la resolución sancionatoria de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que multó a la empresa con 5.049 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos $2.798 millones aproximadamente, por diversas infracciones a las resoluciones de calificación ambiental del complejo minero, ubicado en la comuna de Tierra Amarilla.

La resolución

Desde el organismo indicaron que en la sentencia se analizó la aplicabilidad de los principios del Derecho Penal en el Derecho Administrativo Sancionador, considerando que ambas disciplinas son expresiones de la misma potestad sancionadora -ius puniendi- del Estado.

En este sentido, el Tribunal aclaró que “la aplicación de los principios penales en el ámbito sancionatorio no implica la de sus reglas particulares, sino que una aplicación adecuada a las particularidades del Derecho Administrativo Sancionador”.

De esta forma, se resolvió que: “los principios de legalidad, tipicidad, irretroactividad, culpabilidad, proporcionalidad, personalidad y non bis in ídem resultan plenamente aplicables en materia de derecho administrativo sancionador, una de cuyas manifestaciones se produce en el marco represivo que la ley ha entregado a la Superintendencia del Medio Ambiente, y que por derivación del contencioso administrativo creado en la Ley N° 20.600 corresponde a esta judicatura conocer y resolver”.

Por consiguiente, “la resolución sancionatoria adolece de graves vicios de legalidad en cuanto a su motivación, pues ha configurado la infracción sobre la base de un cargo formulado de manera imprecisa y abierta, vulnerando el principio de tipicidad, para luego hacerse la SMA de una potestad interpretativa que no le corresponde, estableciendo al efecto un límite de extracción arbitrario y una obligación inexistente, sin requerir, previamente, la interpretación de las respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) al órgano por ley designado”.

Además, “los vicios descritos no sólo tienen un carácter esencial al afectar la configuración de la infracción, sino que, además, violentan el bloque de principios del derecho administrativo sancionador, incluyendo tipicidad, legalidad y razonabilidad, careciendo, en consecuencia, de fundamento la sanción de multa impuesta al respecto, motivos todos por los cuales procede la anulación de la resolución sancionatoria, como se indicará en lo resolutivo”, detalló la sentencia.

Cabe recordar que, en junio de 2018, el Tribunal Ambiental de Santiago, dictó sentencia en esta causa, rechazando la reclamación de Minera Candelaria en contra de las sanciones impuestas por la SMA.

Este fallo fue objeto de recurso de casación en la forma y en el fondo por parte de la empresa minera, el que fue resuelto por la Corte Suprema en mayo de 2019. El máximo tribunal acogió el recurso de casación en la forma y anuló el fallo del Tribunal Ambiental, indicando que debía procederse a una nueva vista de la causa “ante el tribunal no inhabilitado que corresponda”, lo que implicó realizar un nuevo conocimiento del caso.

SMA

Desde la Superintendencia de Medio Ambiente, estudian la posibilidad de apelar al fallo del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago.

En esa línea, el jefe de la división de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia de Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, señaló que “la SMA se encuentra analizando el fallo con el objeto de determinar el camino a seguir, esto es, si se recurrirá o no contra de la decisión del Segundo Tribunal Ambiental ante la Corte Suprema”.
Candelaria

Desde la empresa minera en tanto, el gerente de comunicaciones y asuntos públicos de Minera Candelaria, Edwin Hidalgo, comentó respecto de la resolución del Tribunal Ambiental que “Candelaria continuará desarrollando su operación en conformidad con todas las leyes y regulaciones aplicables de nuestro país y en el marco de nuestra política de Minería Responsable”.

Hidalgo cerró su intervención planteando que “la decisión del Segundo Tribunal Ambiental de desestimar plenamente la resolución sancionatoria de la Superintendencia confirma que Candelaria ha cumplido íntegramente con las resoluciones de calificación ambiental y sectorial “.

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  • 24/11/2020