Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite demanda por daño ambiental presentada por la Comunidad La Dormida contra Interchile S.A.
By Cristóbal Moreno

Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite demanda por daño ambiental presentada por la Comunidad La Dormida contra Interchile S.A.

Comunidad solicita al Tribunal que acoja la demanda, declarando que la empresa, durante la etapa de construcción del proyecto Plan de expansión Chile LT 2X500 Kv Cardones-Polpaico, habría ocasionado un “daño ambiental al ecosistema de la reserva mundial de la Biósfera La Campana- Peñuelas. Fuente: Diario Constitucional, 17 de noviembre de 2020.

El Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite la demanda por daño ambiental interpuesta por la Comunidad La Dormida en contra de Interchile S.A., vinculada con obras asociadas al proyecto de transmisión eléctrica Cardones- Polpaico, en las comunas de Limache, Olmué y Quilpué.

La Comunidad solicita al Tribunal que acoja la demanda, declarando que la empresa, durante la etapa de construcción del proyecto Plan de expansión Chile LT 2X500 Kv Cardones-Polpaico, habría ocasionado un “daño ambiental al ecosistema de la reserva mundial de la Biósfera La Campana- Peñuelas, a sus componentes aire, suelo, flora y fauna; a los servicios ecosistémicos que el lugar presta a los habitantes del sector y a la vida y salud de las personas”.

Además, señalan que, mediante la ejecución de obras no contempladas en la RCA del proyecto, se habría destruido bosque nativo protegido, afectando especies tales como el Belloto del Norte, declarada Monumento Nacional. Asimismo, vuelos desde y hacia helipuertos no autorizado habrían generado contaminación lumínica y afectado la salud de los habitantes de la zona. La demanda expone que estos hechos estarían acreditados en el marco de un procedimiento sancionatorio iniciado por la Superintendencia del Medio Ambiente en contra del titular del proyecto.

Finalmente, denuncia la remoción no autorizada de pasivos ambientales mineros y el traslado no autorizado del emplazamiento de una torre de Alta Tensión.

“Se colige que el daño ambiental producido en el marco de la construcción del proyecto “línea Cardones Polpaico”, fue consecuencia directa del incumplimiento de la normativa ambiental y de la propia RCA por parte del titular, la empresa Interchile S.A. Asimismo, son acreditables los elementos de la responsabilidad por daño ambiental, es decir, el daño, la culpa o dolo del responsable y la relación de causalidad entre ambos”, finaliza la demanda.

El Tribunal admitió a trámite la causa -el pasado 13 de noviembre- otorgándole a Interchile S.A. 15 días para responder a la demanda.

Vea el expediente de la demanda D-56-2020.

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  • 18/11/2020