Maricunga: Suprema desestima recurso de protección contra el SEA

Esto porque un particular buscaba que se realizara Participación Ciudadana en el proyecto de exploración del Salar Maricunga, lo que se rechazó. Fuente: El Diario de Atacama, 4 de marzo de 2021.

By Comunicaciones

Maricunga: Suprema desestima recurso de protección contra el SEA

El proyecto en evaluación no corresponde a un “proyecto de desarrollo minero”, por lo que no corresponde abrir un proceso de participación ciudadana. Esa fue la conclusión a la que llegó la Corte Suprema respecto al proyecto exploración salar de Maricunga.

Fue así como se confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Copiapó que rechazó un recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama (SEA) por rechazar una solicitud de apertura de proceso de Participación Ambiental Ciudadana (PAC) respecto a la iniciativa.

Según informó El Diario Constitucional, el conflicto surge luego que Codelco ingresara al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Exploración Salar de Maricunga”, y dentro del proceso de evaluación la Comunidad Indígena Colla de Copiapó realizó una solicitud de apertura de proceso PAC, la cual fue rechazada por el SEA, al considerar que el proyecto evaluado no corresponde a aquellos en donde se deben abrir instancias de participación ciudadana.

La particular que interpuso el recurso de protección, acusó que la resolución del SEA es ilegal y arbitraria, ya que rechazó la solicitud de apertura de un proceso PAC en contravención a las reglas que prescribe la Ley N°19.300 y los múltiples tratados internacionales ratificados por Chile que aseguran el derecho de participación ambiental a la ciudadanía, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley y su derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.

La Corte de Copiapó rechazó el recurso, para lo cual tuvo presente que el proyecto en evaluación no corresponde a un “proyecto de desarrollo minero” en conformidad al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que no le corresponde abrir un proceso PAC. A su vez, señaló que la resolución del SEA no deja en indefensión a los recurrentes, ya que pueden impugnar la Resolución de Calificación Ambiental mediante una reposición y posteriormente deducir una acción de reclamación judicial ante el Tribunal Ambiental que sea competente. El máximo tribunal confirmó la sentencia en alzada compartiendo los razonamientos del fallo.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Sergio Muñoz y Mario Carroza, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada y acoger el recurso, al estimar que el proyecto evaluado debió ser sometido a un proceso PAC, ya que genera un beneficio o utilidad social para la Comunidad en conformidad al artículo 30 bis de la Ley N°19.300, al otorgar empleos a los trabajadores de la zona y mejorar el sistema de caminos de la localidad, por lo que su omisión es ilegal y vulnera el principio de participación que consagra el Derecho Ambiental Chileno.

El 24 de enero de 2020, Codelco, ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Declaración de Impacto Ambiental denominada “Exploración Salar de Maricunga”, el que fue admitido a trámite el 31 de enero de 2020 por la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

El Proyecto considera la ejecución de un programa de exploraciones con el objetivo de la captura de información hidrogeológica del Salar de Maricunga, tanto en el salar como en la cuenca, junto con la evaluación preliminar de los recursos in situ de litio.

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  • 04/03/2021