Puerto Caldera no ejecutará proyecto de acopio y concentrado de cobre

Desde la empresa señalaron que el pasado 16 de febrero concretaron la renuncia “expresa”. El martes el Tribunal Ambiental ordenó el ingreso de la iniciaiva a través de una EIA. Fuente: El Diario de Atacama, 8 de abril de 2021.

By Comunicaciones

Puerto Caldera no ejecutará proyecto de acopio y concentrado de cobre

Por medio de un comunicado, desde Puerto Caldera S.A. informaron que el 16 de febrero, previo a la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental, efectuaron la renuncia “expresa” a los derechos y obligaciones emanadas de la autorización aprobada por la RCA, por lo que la empresa no ejecutará el proyecto de acopio señalado. Lo anterior, dado que , el Primer Tribunal Ambiental informó que se había acogido la reclamación de ONG Atacama Limpia y ordenado ingresar el proyecto de acopio y embarque de concentrado de cobre a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

ANTECEDENTES

Este martes el Tribunal informó que invalidó la resolución del Servicio de Evaluación Ambiental que calificó de forma favorable la iniciativa y ordenó que la empresa no debía ingresarlo mediante una Declaración de Impacto Ambiental. “A juicio de este Tribunal, no existe evidencia suficiente y razonable para justificar que el proyecto no requiere la presentación de un EIA”, establece el fallo.

En el fallo se estipula que existe un nivel de incertidumbre y riesgo en la evaluación ambiental, con evidentes anomalías en la definición del área de influencia del proyecto, la emisión de contaminantes y modelación de la calidad del aire, lo que atenta con la salud de la población.

PUERTO CALDERA S.A.

Desde la gerencia general de Puerto Caldera S.A, indicaron que el martes fueron notificados “de la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental en la que se pronuncia acerca de la Reclamación Judicial interpuesta por terceros, en contra de la Resolución del Servicio de Evaluación Ambiental que aprobó el Proyecto “Acopio y Embarque del Concentrado de Cobre Muelle Punta Caleta”, de propiedad de Puerto Caldera S.A”.

Agregó que “en dicha sentencia se dejó sin efecto e invalidó la RCA que autorizó el funcionamiento del proyecto mencionado, ordenándose a Puerto Caldera S.A. reingresar el proyecto referido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

Sin perjuicio de lo anterior, informaron que, anteriormente se había ya expresado la renuncia a los derechos y obligaciones emanados de la autorización.

“Con fecha 16 de febrero de 2021 y previo a la dictación del fallo referido, (Puerto Caldera S.A.) efectuó renuncia expresa a los derechos y obligaciones emanados de la autorización ya mencionada, decisión que fue formalmente ingresada a la oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama. Por lo tanto, y en base a la renuncia ya mencionada, es que Puerto Caldera S.A. no ejecutará el proyecto de acopio señalado, no variando la sentencia la decisión ya adoptada por la compañía”, detalla el documento.

Por último, desde la empresa mencionaron que “el fallo referido se refiere única y exclusivamente al proyecto ya mencionado, el que comprendía una inversión de US$10.000.000, para la habilitación de un galpón de almacenamiento, junto a sus respectivas unidades de apoyo, las que en nada se vinculan a las demás habituales actividades portuarias que desarrolla Puerto Caldera S.A”.

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  • 08/04/2021