SMA sanciona a inmobiliaria por destrucción del Rio Maullín: tendrá que pagar cerca de 15 mil UTM por destruir Santuario de la Naturaleza
By Comunicaciones

SMA sanciona a inmobiliaria por destrucción del Rio Maullín: tendrá que pagar cerca de 15 mil UTM por destruir Santuario de la Naturaleza

Según explicó la abogada del movimiento ciudadano Transforma Puerto Varas, Anaís Baraona, el escrito de más de 22 páginas “es una constatación de lo que estuvimos planteando un conjunto de organizaciones que tenemos convicción en la necesidad de proteger, conservar y defender los ecosistemas existentes en nuestra zona. Denunciamos un daño que es irreparable y que surge por el apetito de una empresa inmobiliaria, que priorizó la ejecución de un proyecto absolutamente irregular pero altamente rentable, por sobre la protección de nuestro patrimonio ambiental y el respeto a la Ley, que se aplica a todos los habitantes del país por igual”. Fuente: El Mostrador, 13 de abril de 2021.

El movimiento ciudadano Transforma Puerto Varas calificó como “una advertencia para otros proyectos nocivos con la conservación de ecosistemas y el entorno natural del Río Maullín” las sanciones que estableció la Superintendencia de Medio Ambiente, respecto de un proyecto inmobiliario que generó importante daño en ecosistemas del lugar.

Según explicó la abogada del movimiento, Anaís Baraona, el escrito de más de 22 páginas “es una constatación de lo que estuvimos planteando un conjunto de organizaciones que tenemos convicción en la necesidad de proteger, conservar y defender los ecosistemas existentes en nuestra zona. Denunciamos un daño que es irreparable y que surge por el apetito de una empresa inmobiliaria, que priorizó la ejecución de un proyecto absolutamente irregular pero altamente rentable, por sobre la protección de nuestro patrimonio ambiental y el respeto a la Ley, que se aplica a todos los habitantes del país por igual”.

En concreto, se hace referencia de los trabajos que, en agosto de 2020, inició la empresa Alto Maullín SpA que con maquinaria pesada y en un predio de 50,3 hectáreas pretendía llevar a cabo el proyecto “Parque Natural Residencial Alto Maullín”, que considera un loteo exclusivo con acceso vigilado y urbanización para 87 parcelas de 5.000 metros cuadrados cada una, además de otras obras de urbanización.

El lugar donde se había estado ejecutando el proyecto inmobiliario, fue declarado como Sitio Prioritario de Conservación para la Estrategia Nacional de Biodiversidad el año 2003 por la entonces Comisión Nacional del Medio Ambiente. En noviembre de 2019 el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, a petición de la Municipalidad de Maullín, lo declaró Santuario de la Naturaleza, otorgando protección legal a 8.152 hectáreas de humedales conformados por el río Maullín y sus principales afluentes.

“Nosotros como movimiento ciudadano Transforma Puerto Varas estamos comprometidos con el resguardo de los ecosistemas que finalmente constituyen la base de la preservación de fauna, vegetación y de la propia vida humana. Creemos que los sectores productivos pueden y deben aprender a convivir con el entorno. Eso es algo que esta empresa inmobiliaria se negó a aceptar y optó por incumplir la legislación vigente y destruir un Santuario de la Naturaleza, esperamos que estas sanciones sean ejemplificadoras para otros proyectos inmobiliarios”, agregó la profesional.

“Si bien la legislación ambiental tiene un rol preventivo, y las autoridades deberían haber actuado de oficio, a las autoridades locales parece no importarles mucho estos temas. Los municipios no se pronunciaron, excepto el de Maullín, que ha tenido un rol muy activo y ejemplar en materia ambiental, por eso tomamos la iniciativa y tocamos muchas puertas: CONAF, Juzgado de Policía Local, la Intendencia Regional de Los Lagos, el Ministerio Público y la Seremi de Medio Ambiente, recorrimos todo ese camino sin éxito”, añade.

Finalmente, Baraona explicó que “se logró acreditar que la inmobiliaria actuó, pasando por encima no sólo de toda la protección otorgada por la declaratoria de sitio prioritario y santuario de la naturaleza, sino también por la prohibición expresa contenida en la Ley sobre Recuperación de Bosques y Fomento Forestal, además de otras infracciones flagrantes a diversas normativas, como la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El llamado es a que todos los desarrolladores inmobiliarios, los intermediaros como las corredoras y los futuros compradores de parcelas de agrado, se informen y capaciten en materia ambiental, para evitar tener lamentar nuevos casos así en el futuro”.

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  • 14/04/2021