TC rechazó recurso de municipio de Ancud para funcionamiento de relleno sanitario durante pandemia

La municipalidad estimaba que su cierre infringiría el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, y también a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Fuente: El Mercurio, 9 de abril de 2021.


El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento de inaplicabilidad que interpuso la Municipalidad de Ancud, en el que se impugna una norma de ley sobre bases generales del medio ambiente, en causa en la que una junta de vecinos busca impedir el funcionamiento del relleno sanitario mientras dure la pandemia. El municipio quería declarar inaplicable e inconstitucional el artículo 8º, inciso primero, de la Ley Nº 19.300, que exige una evaluación de impacto ambiental para ejecutar y modificar proyectos.

La decisión fue acordada ayer por siete magistrados que estuvieron por el rechazo. Los ministros Cristián Letelier y Miguel Ángel Fernández estuvieron por acoger parcialmente. Mientras que Iván Aróstica fue del parecer de acoger el requerimiento en su totalidad.

Ahora será el Tercer Tribunal Ambiental el que deberá pronunciarse sobre una reclamación de ilegalidad, con la que la unidad vecinal intenta impedir que siga ejecutándose la operación transitoria del relleno sanitario ‘Puntra–El Roble’, por el tiempo de la alerta sanitaria producto de la pandemia del covid-19.

Argumentos del municipio

Ayer se realizaron los alegatos. La municipalidad estimaba que el precepto impugnado infringiría el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, por la posible paralización de la operación transitoria del relleno sanitario ‘Puntra–El Roble’. A su juicio, esto pone en grave riesgo la vida e integridad física de las personas que habitan la comuna de Ancud y la provincia de Chiloé, por cuanto la disposición final de los residuos domiciliarios se vería obstaculizada, propiciando la acumulación de basura en la vía pública.

Crisis sanitaria por basura en las calles

El requirente también alegó la inconstitucionalidad por el artículo 19 N° 8 de la Carta Fundamental —derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación—, porque la paralización del funcionamiento transitorio del relleno sanitario provocará que se acumulen en la vía pública basura sin recibir un tratamiento para su disposición final.

También, a su juicio, se conculca el derecho a la protección de la salud, pues la paralización puede provocar ‘una grave crisis sanitaria en la comuna de Ancud y la provincia de Chiloé, en un contexto especialmente complejo, producto de la pandemia covid-19’.


Publicado en: Resumen de prensa

Etiquetas: basura basura Chiloé chiloe

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