Cambios al Código de Aguas no rigen para actuales derechos

Reforma parcial se vota esta semana en la sala del Senado. Quedó establecido el uso prioritario para el consumo humano y saneamiento. Fuente: El Mercurio de Valparaíso, 02 de agosto de 2021.

By Comunicaciones

Cambios al Código de Aguas no rigen para actuales derechos

Luego de haber pasado cinco años en la Cámara de Diputados y otro lustro en el Senado, el martes pasado la Cámara Alta aprobó la idea de legislar una reforma parcial al Código de Aguas, y el jueves la Comisión de Recursos Hídricos aprobó una serie de indicaciones, entre las que se destaca la de priorizar el consumo humano por sobre el productivo.

El senador Juan Ignacio Latorre, miembro de la mencionada comisión, explicó que “lo nuevo es establecer el derecho humano al agua como una prioridad en los usos de agua, ahí hay algo que no estaba antes, que se enfatiza ahora y queda estipulado que se prioriza el uso del agua para el consumo humano, para el saneamiento”.

Otro aspecto nuevo es que “este Código de Aguas establece más atribuciones y mayores facultades de fiscalización a la Dirección General de Aguas (DGA), respecto, por ejemplo, de la extracción ilegal de agua, pero eso tiene que ir de la mano de presupuestos para reforzar las oficinas. Acá en la región tenemos poca gente que está dedicada a eso y hay muchas denuncias de extracción ilegal de agua, por lo que no alcanzan a fiscalizara tiempo, en terreno, todo lo que se podría o debería hacer”.

PLAZOS DEFINIDOS

Con respecto a los nuevos derechos de agua, aclaró que “se establecen límites temporales, ya no son indefinidos, como es actualmente, y también hay una mayor obligación a los particulares de informar, por ejemplo, si hay cambio en los usos del agua de un sector productivo a otro, y el deber también de informar si es que no se usan derechos de agua”.

El parlamentario advierte que “va a haber un debate sobre los tiempos para los derechos consuntivos y no consuntivos, ya que en la Comisión de Constitución el debate había sido dejar por 30 años como máximo, y como un piso mínimo de 20 años para los no consuntivos, pero en la Comisión de Recursos Hídricos se planteó no garantizar ese piso mínimo, porque estamos en un contexto de emergencia climática y ecológica, y si bien tú necesitas cierta certeza jurídica para las inversiones de largo plazo, puede que en alguna zona no sea sostenible ecológicamente una inversión tan a largo plazo y no puedas garantizar esos derechos a 20 años, sino que tendrá que ser a menos tiempo. Un ejemplo podrían ser las plantaciones de cerros de paltas en Petorca”.

Latorre puntualizó que “quedará pendiente para la nueva Constitución una reforma mucho más estructural que avance en la desprivatización de los derechos ya adquiridos.”.

CAMBIOS SÓLO A FUTURO

También hizo presente que los cambios al Código de Aguas regirían sólo “para los nuevos derechos que se otorguen a partir de la ley, que es un porcentaje muy bajo”.

En caso de informar sobre no uso, en una zona de emergencia hídrica “la autoridad podría redistribuir”, precisó el parlamentario, agregando que en el Código de Aguas “la prohibición de otorgar derechos en glaciales no estaba y se incorporó, así como una protección especial a los humedales”.

Esta semana el proyecto pasará a la sala del Senado, donde se pondrá en discusión lo que se aprobó en las comisiones de Recursos Hídricos y de Constitución. De aprobarse en sala pasará a tercer trámite para que la Cámara de Diputados confirme los cambios que hizo el Senado, y si hay discrepancias se conformaría una comisión mixta.

Consultado sobre qué cambiaría de la situación actual del agua en la región, el seremi de Obras Públicas, Raúl Fuhrer, explicó que “en términos generales, hay que señalar que un punto muy importante de esta reforma del Código de Aguas es reconocer el acceso al agua y saneamiento como un derecho humano esencial e irrenunciable. Me parece muy relevante, sobre todo si pensamos en las dificultades que enfrentan las personas que viven especialmente en las zonas rurales de la provincia de Petorca, que desde hace más de una década se ha visto afectada poda sequía”.

La autoridad precisó que “tanto para nuestra región como para el resto del país, la nueva normativa indica que el otorgamiento de los derechos de aprovechamientos de agua será en función del interés público. Por esto se entiende el resguardo para el consumo humano y el saneamiento, la preservación del ecosistema, la disponibilidad de las aguas, la sustentabilidad acuífera y, en general, aquellas acciones destinadas a promover un equilibrio entre eficiencia y seguridad en los usos productivos”.

Agregó que “por otra parte, habrá más herramientas para el cuidado del medio ambiente de nuestra zona, ya que se agregaron los ‘Derechos para uso en su fuente’ o destinados a conservación ecosistémica. Esto debe concretarse a través de la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas (MOP), que tendrá que establecer un caudal ecológico mínimo que asegure la conservación de la naturaleza. Además, se dieron atribuciones al Presidente de la República para reservar el recurso hídrico con fines de preservación”.

PRESERVAR LAS CUENCAS

Otro aspecto que destacó Fuhrer es que “se establece que todas las cuencas deberán contar con un Plan Estratégico de Recursos Hídricos, que responde a la necesidad de contar con mejor información y una visión de largo plazo para conocer la disponibilidad actual y proyectada del agua de las cuencas e implementar una cartera de acciones”.

En ese marco, confirmó que la DGA “ya desarrolló los planes para las cuencas de los ríos La Ligua, Petorca y Aconcagua, cuyos resultados serán dados a conocer en el corto plazo. Además, ya comenzó el estudio del Plan para el Estero Casablanca”.

Consultado sobre cuántos permisos de aprovechamiento en la región no se usan hoy, detalló que “el Departamento de Fiscalización de la DGA-MOP lleva este tema. En la región hay 249 titulares de derechos consuntivos que están afectos al pago de patente a beneficio fiscal por no utilización de las aguas por un caudal de 11.222,51 litros por segundo, fueron dados a conocer en la Resolución Exenta DGA N° 2662 del 28 de diciembre de 2020. Y respecto a los derechos no consuntivos, son 23 titulares, por un caudal de 21.220,63 litros por segundo”.

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  • 02/08/2021