Ministerio del Medio Ambiente declaró como Zona Saturada a Copiapó y Tierra Amarilla

Tras años de reclamos, marchas, demandas, un recurso de protección y un oficio; el gobierno decretó la medida. Autoridades destacaron que es el primer paso hacia un plan de descontaminación con participación ciudadana, y que los incumplimientos más graves llegarán incluso a penas de cárcel. La Codemaa espera que las empresas inviertan más en sus procesos, a fin de acatar la norma. Fuente: El Diario de Atacama, 7 de septiembre de 2021.

By Comunicaciones

Ministerio del Medio Ambiente declaró como Zona Saturada a Copiapó y Tierra Amarilla

Ayer, la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, anunció la declaración de Zona Saturada a las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla a partir del Informe Técnico de Cumplimiento de Normas de Calidad del Aire por MP10, Plomo y SO2, de la red de Calidad del Aire.

Proceso que llevaron adelante el Ministerio y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el cual representa un primer paso en una lucha que por años copiapinos y tierramarillanos han librado con el solo objetivo de acceder al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

ANTECEDENTES

Históricamente, la capital regional y la “comuna de la Calle Larga” se han caracterizado por estar ligadas a la minería. La explotación de sus suelos e instalación de faenas son el principal motor económico de la zona, y por ende la contaminación que causan los procesos metalúrgicos es un problema que acompaña a la población desde siempre.

Por eso no son extrañas las manifestaciones contra la carga de metales pesados y la regulación de la actividad minera. Una de las últimas y más recordadas protestas en este contexto fueron las del 2019, que partieron el 16 de abril de ese año, cuando un grupo de estudiantes del Liceo Jorge Alessandri Rodríguez se organizaron y con el apoyo del entonces concejal de Tierra Amarilla, Cristóbal Zúñiga, salieron a las calles y llegaron a las dependencias de Enami para reclamar por las emanaciones de la Fundición Hernán Videla Lira (FVL).

Aquel día 12 personas debieron ser atendidas en el Cesfam de Tierra Amarilla por molestas atribuidas a una “nube tóxica”, como describió el fenómeno el alcalde (s) de ese año, Mario Morales, a la vez que anunciaba un recurso de protección y una demanda contra Enami.

Un par de días después, el 18 de abril del 2019, cuando el SARS-CoV-2 no existía y el común de la gente ni siquiera imaginaba tener que llevar mascarillas para salir de sus casas, los tierramarillanos marcharon hasta la Corte de Apelaciones de Copiapó llevando dicho elemento de protección personal que hoy a nadie extraña pero que ese año iba cargado de un potente mensaje “no podemos respirar, nos están robando la salud y nuestro futuro”.

El tiempo pasó y las emisiones de material particulado parecían estar bajo control hasta que el 23 de mayo de este año, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), fiscalizó a Enami por emanaciones que excedieron más del 100% del parámetro de emergencia ambiental.

Para entender la gravedad de ese incidente, es preciso explicar que la SMA monitorea y promedia constantemente las emisiones de material particulado de la FVL. Si el promedio de una hora supera los 500 microgramos de dióxido de azufre por metro cúbico (m3), se está ante una condición de alerta, si el promedio pasa los 650 microgramos por m3 la condición es de preemergencia, y si el promedio está sobre los 950 microgramos de dióxido de azufre por m3 se trata de una emergencia ambiental.

El 23 de mayo, el promedio horario de dióxido de azufre proveniente de la FVL a las 10 am fue de 2.028 microgramos por m3, y una hora después era de 1.500 microgramos por m3.

Estos hechos sumados a los que se arrastraban de años anteriores llevaron a que el 2 de junio del presente año, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), tomara cartas en el asunto y presentara un oficio al Ministerio del Medio Ambiente, para “obtener una respuesta respecto del grado de avance en la decisión de declarar oficialmente Zona Saturada de Contaminación por MP10, a las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla, en la Región de Atacama, con el objeto de que se cree e implemente un Plan de Descontaminación para la zona, que permita superar la crisis ambiental, incluyendo a todos los sectores y actores del territorio”.

“ES EL PASO CLAVE QUE NECESITAMOS”

Todo esto permitió Copiapó y Tierra Amarilla fuesen nombradas como Zona Saturada, certificación sobre la que el seremi del Medio Ambiente, Guillermo Ready, enfatizó que “es el paso clave que necesitamos para avanzar hacia un plan de descontaminación (…) el decreto está firmado por el Presidente una vez publicado en el Diario Oficial hay un plazo de 90 días para elaborar la resolución que elabore el anteproyecto del plan de descontaminación. Posteriormente hay un plazo de un año para elaborar este anteproyecto del plan de descontaminación el cual se va a consulta ciudadana en la cual toda la ciudadanía y las organizaciones ambientales tienen un plazo de 60 días para hacer sus observaciones, una vez recogidas esas observaciones se elabora el proyecto de plan de descontaminación”.

Por su parte, el delegado presidencial en Atacama, Patricio Urquieta, mencionó que “tenemos un gran interés por lograr la carbononeutralidad, es un plan que tenemos al año 2050. Tenemos distintos compromisos entre ellos lograr que las empresas funcionen mejor a través de la Ley de Delitos Medioambientales que estamos tramitando en el Congreso”.

Sobre esta ley, Urquieta indicó que su finalidad es advertir “los riesgos existentes de carácter medioambiental, que se elaboren planes de prevención de riesgos, y finalmente se contemplen sanciones que incluso pueden llegar a la privación de libertad cuando son de carácter grave aquellos incumplimientos”.

APRECIACIONES

Y a su vez, en representación de la ONG Atacama Limpia, el abogado Mario Maturana entregó sus apreciaciones sobre lo que debería contener el plan de descontaminación, para que sea el instrumento que termine con los episodios de polución en Copiapó y Tierra Amarilla.

“Lo primero que debería es integrarse al plan todas las empresas que de alguna manera producen contaminación, y desde ese momento las multas y las sanciones deben ser la última solución. La primera solución es integrarse y ponerse de acuerdo, las multas son como la última pena y no deberíamos llegar a eso”.

En tanto, Luis Acuña, dirigente del Colectivo en Defensa del Medio Ambiente de Atacama (Codemaa), espera que “esta medida contemple que se hagan inversiones y se tomen las medidas necesarias para que la emisión, que es lo que está reclamando constantemente la población, que se ajuste a los niveles permisibles. Tienen que tomarse medidas drásticas, modificar la legislación, hacerla mucho más rigurosa en función de las necesidades en salud de la población”.

Recuadro

90 días desde que se publique la declaración de Zona Saturada en el Diario Oficial, es el plazo para elaborar la resolución del anteproyecto de plan de descontaminación.

2 meses ó 60 días, tendrá la ciudadanía para hacer sus observaciones al anteproyecto de plan de descontaminación, una vez que les sea presentado.

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  • 07/09/2021