Comisión de Medio Ambiente modifica su informe y aprueba cambios a autorizaciones de uso de agua

Foto: El Mostrador

La Comisión de Medio Ambiente aprobó una serie de modificaciones a su informe, que fue rechazado en general por el Pleno en la sesión del 21 de abril. Fuente: El Mostrador, 3 de mayo de 2022.


La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional votó el lunes y la madrugada del martes las indicaciones a su informe, rechazado en general por el Pleno en la sesión del 21 de abril. Entre las modificaciones, están artículos sobre materia hídrica.

La Comisión aprobó sustituir el artículo 2. El original indicaba que «los usos prioritarios de las aguas son: el derecho humano al agua y al saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas donde estas yacen, el ejercicio de la soberanía alimentaria y los usos tradicionales de los pueblos indígenas. Siempre prevalecerá el derecho humano al agua y al saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas».

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La modificación respaldada por los convencionales indica que «Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento». Obtuvo 15 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones.

Asimismo, cambiaron el artículo 3. «El Estado podrá autorizar el uso de las aguas. Esta autorización será inapropiable, incomerciable, intransferible, temporal y obliga al titular al uso que justifica su otorgamiento. Estas autorizaciones estarán sujetas a obligaciones específicas de protección, a causales de caducidad, revocación y demás que sean pertinentes», decía la propuesta original.

«Las autorizaciones de uso de agua serán concedidas basándose en la distribución y disponibilidad material de las aguas», añadía.

La modificación respaldada por la Comisión de Medio Ambiente -con 15 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones- señala que «el Estado asegurará un sistema de gobernanza de las aguas participativo y descentralizado, a través del manejo integrado de cuencas, y siendo la cuenca hidrográfica la unidad mínima de gestión».

«Los Consejos de Cuenca serán los responsables de la administración de las aguas, sin perjuicio de la supervigilancia y demás atribuciones de la Agencia Nacional de las Aguas y otras instituciones competentes», añade el artículo.

«La ley regulará las atribuciones, funcionamiento y composición de los Consejos. Esta deberá considerar, a lo menos, la presencia de los titulares de autorizaciones de aguas, la sociedad civil y las entidades territoriales con presencia en la respectiva cuenca, velando que ningún actor pueda alcanzar el control por sí solo», prosigue.

«Los Consejos podrán coordinarse y asociarse cuando sea pertinente. En aquellos casos en que no se constituya un Consejo, la administración será determinada por la Agencia Nacional de Agua”, cierra el artículo.

Según el cronograma de la Convención, los cambios al informe de la Comisión de Medio Ambiente serán revisados este sábado por el Pleno.

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