Superintendencia paraliza siembra de salmones a empresa canadiense por sobreproducción en áreas protegidas

La Superintendencia del Medio Ambiente ordenó la medida de suspensión de siembra del Centro de Engorda de Salmones Huillines 3, de la empresa canadiense Cooke Aquaculture. “En este caso, mediante inspecciones realizadas en terreno con Conaf, Sernapesca y profesionales de la SMA, pudimos advertir que la empresa superó en los años 2012, 2014, 2016 y 2020 el total de producción aprobada en hasta 6.500 toneladas por ciclo productivo”, explicó Benjamín Muhr, fiscal (s) de la SMA. Los impactos ambientales derivados de la sobreproducción de salmones van desde generación de condiciones anaeróbicas (sin oxígeno) en el lecho marino; el uso y abuso de químicos y antibióticos; florecimiento de algas nocivas; y el ya consabido riesgo de escapes masivos de salmones. Por su parte, la ONG Terram detectó una abierta contradicción entre las sanciones de la señalada superintendencia, que van en sentido correcto, y los procesos de evaluación ambiental, ya que repetidamente se autorizan ampliaciones de biomasa a titulares que son infractores reincidentes. Fuente: El Mostrador, 21 de octubre de 2022.


El Tercer Tribunal Ambiental, con sede en Valdivia, acogió la solicitud de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que autoriza la detención parcial de actividades relativas al proceso de siembra en el Centro de Engorda de Salmónidos (CES) Huillines 3, ubicado en el Estero Cupquelán, dentro del Parque Nacional San Rafael, debido al inminente peligro para el medio ambiente que constituye la futura siembra de 170 mil salmones, considerando que el señalado CES Huillines 3 no ha sido evaluado ambientalmente.

Los impactos ambientales derivados de la sobreproducción de salmones van desde generación de condiciones anaeróbicas (sin oxígeno) en el lecho marino; el uso y abuso de químicos y antibióticos; impactos derivados de la sobrecarga de nutrientes que facilitan el florecimiento de algas nocivas; y el ya consabido riesgo mayor de escapes masivos de salmones.

«Se ha determinado que los antecedentes acompañados por la Superintendencia del Medio Ambiente permiten justificar una situación de riesgo o daño inminente al medio ambiente en la mención que actualmente. El proyecto se encuentra en ejecución sin contar con Resolución de Calificación Ambiental superando la cantidad de toneladas que son autorizadas y las respectivas autorizaciones sectoriales pero además se encuentra emplazado en el Parque Nacional Laguna San Rafael, el que de acuerdo al artículo 158 de la Ley General de Pesca y Acuicultura la actividad se encontraría prohibida, en consecuencia, se ha determinado que además esta medida es proporcional para los efectos ambientales que se quieren precaver, en consecuencia se ha dictado una resolución», sostuvo el ministro del Tercer Tribunal Ambiental, Iván Hunter Ampuero.

En este caso, la SMA inició un proceso sancionatorio en 2021 contra la salmonera canadiense Cooke Aquaculture, por nueve incumplimientos ambientales asociados a 3 centros: Huillines 2, Huillines 3 y Punta Garrao, todos ubicados al interior del área marina del mencionado Parque Nacional. Respecto de Huillines 3, dicho centro no fue evaluado ambientalmente –por comenzar a operar antes de la instalación del Sistema de Evaluación Ambiental–, por lo que se regula mediante su concesión de Acuicultura y Proyecto Técnico.

“En este caso, mediante inspecciones realizadas en terreno con Conaf, Sernapesca y profesionales de la SMA, pudimos advertir que la empresa superó en los años 2012, 2014, 2016 y 2020 el total de producción aprobada en hasta 6.500 toneladas por ciclo productivo”, explicó Benjamín Muhr, fiscal (s) de la SMA.

Adicionalmente, la Subsecretaría de Acuicultura informó a dicha oficina que se autorizó a Cooke Aquaculture la siembra de 617.756 peces en el CES Huillines 3, el pasado 3 de agosto.

“Esto constituye un estimado de más de 2.000 toneladas por sobre lo autorizado. Sernapesca nos informó que ya la empresa ha sembrado 432.352 peces y solicitó un nuevo permiso el 17 de octubre para el restante de peces, es decir, 170.000 peces para trasladarlos de la Región de la Araucanía para ser sembrados en el CES Huillines”, agregó el fiscal.

Ante esto, y considerando el peligro inminente para el medioambiente, respecto a la continuidad de un proyecto que no se ha evaluado ambientalmente, se solicita al Tercer Tribunal Ambiental, con sede en Valdivia, la detención de dicho proceso de siembra de 170 mil especies.

Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra, expresó: “Si bien el titular puede realizar actividades que se iniciaron de manera previa a la entrada en vigencia SEIA sin contar con Resolución de Calificación Ambiental, en caso de que decida modificar el proyecto, debe someterse a evaluación ambiental obligatoria si dicha modificación constituye un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del Reglamento del SEIA, es decir, que se trate de un proyecto susceptible de causar impactos ambientales, lo cual evidentemente ocurre en este caso”.

La autoridad ambiental añadió que “toda modificación a un proyecto de cultivo intensivo de recursos hidrobiológicos, que signifique un aumento de producción igual o superior a 35 toneladas, debe ingresar al SEIA en forma previa a su ejecución; sea respecto de una RCA previa, sea respecto de un proyecto iniciado con anterioridad a la entrada en vigencia del SEIA”.

En este caso, la infracción de elusión al SEIA tiene efectos ambientales que recaen sobre la columna de agua, el suelo marino y la flora y la fauna acuáticas, de un área protegida por el Estado, el Parque Nacional Laguna San Rafael. Las técnicas productivas utilizadas en la acuicultura pueden afectar al medio ambiente marino de distintas maneras, una de ellas es la alimentación de los ejemplares de salmones, la cual interviene, tanto en la columna de agua como en el fondo marino, por medio del alimento no consumido, y la otra, es a través de los desechos de los mismos peces. Este fenómeno aumenta la cantidad de nitrógeno y fósforo de los sistemas acuáticos, disminuyendo el oxígeno disponible y generando la eutroficación del medio, estimulando la aparición de algunos organismos y la ausencia de otros, alterando los ecosistemas acuáticos.

“De este modo, al estar presente en una producción mayor a la permitida, de acuerdo al Proyecto Técnico del CES Huillines 3, se está frente a una carga ambiental, en la zona en la cual se emplaza un centro de cultivo, que implica un mayor nivel de impacto y riesgo ambiental, en razón del aumento de los aportes de materia orgánica e inorgánica en lo sedimentos que facilitan los procesos anaeróbicos, dispersión en el agua, precipitación de sedimentos y una disminución del oxígeno disuelto en la columna de agua como consecuencia de una mayor producción”, detalló Ibarra.

Finalmente, respecto al procedimiento sancionatorio que se sigue en este caso, cabe señalar que este ha sido judicializado por Cooke Aquaculture en dos oportunidades (mayo 2021 y julio 2022), mediante recursos de protección ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique. En ambos procedimientos se dictaron Órdenes de No Innovar (ONI), que paralizaron el procedimiento administrativo sancionatorio. El primer recurso fue rechazado por la Corte Suprema, mientras que el segundo se encuentra en tramitación. La SMA elevó un Recurso de Queja ante el máximo tribunal del país, el cual –el pasado 14 de octubre– dejó sin efecto la última ONI, lo que ha permitido avanzar en el proceso y ordenar la detención de la siembra de salmones.

Informe Terram: advierte contradicción

En un reciente informe, la ONG Terram detalló los 12 procedimientos sancionatorios iniciados hasta septiembre de 2022 por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y que contienen cargos por sobreproducción de salmones en centros de cultivo emplazados al interior de áreas protegidas: 5 casos en la Reserva Nacional Kawésqar; 3 en el Parque Nacional Alberto De Agostini; 3 en la Reserva Forestal Las Guaitecas y 1 en el Parque Nacional Laguna San Rafael, perteneciente a la salmonera canadiense a la que se le ordenó detener su siembra.

En términos generales –apunta la ONG–, de los 47 procedimientos sancionatorios abiertos por la SMA hasta septiembre de 2022 sobre centros de cultivo de salmones que operan en el mar, 23 casos corresponden a recintos emplazados al interior de áreas protegidas, lo que representa un 49%. De estos, 12 corresponden a procedimientos que incluyen entre sus cargos la producción de salmones por sobre lo autorizado en las respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), equivalente a un 25% del total.

De acuerdo al Registro Nacional de Acuicultura que mantiene la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), la actividad salmonera se concentra en las regiones australes con un total de 1.396 concesiones de este tipo, de las cuales 411 se ubican al interior de áreas protegidas (29%). Por otro lado, de los 12 procedimientos que incluyen cargos por sobreproducción, 6 se encuentran en curso, 3 con Programa de Cumplimiento (PdC) en ejecución y 3 con sanción resuelta por parte de la SMA. Estas últimas, correspondientes a la revocación de las RCA de los centros de Nova Austral, que respondió con tres reclamaciones ante el Tribunal Ambiental de Valdivia. Asimismo, en 4 de los 12 procedimientos los titulares volvieron a producir por sobre lo autorizado en el siguiente ciclo productivo, acumulando, así, entre las 16 infracciones, 23.515 toneladas de sobreproducción.

«Desde Fundación Terram nos parece que el cambio en el criterio aplicado por la SMA, en relación a revocar las RCA de los centros de cultivo que incurrieron en sobreproducción al interior de áreas protegidas, apunta en la dirección correcta, con el propósito de hacer valer la ley y desincentivar conductas que sigan afectando los ecosistemas marinos». Sin embargo, repara Terram, estos antecedentes no son tomados en consideración a la hora de evaluar los proyectos acuícolas, lo que es un contrasentido.

Actualmente esto ocurre con la empresa Australis Mar, la que, por un lado, acumula 4 procedimientos sancionatorios por un total de 13.872 toneladas producidas por sobre lo autorizado al interior de la Reserva Nacional Kawésqar, y por otro, de forma paralela, mantiene 6 solicitudes de aumento de producción vigentes a septiembre de 2022 por un total de 12.890 toneladas, de las cuales 2 corresponden a centros instalados dentro de la misma área protegida.

«El hecho de autorizar ampliaciones de biomasa de empresas que, simultáneamente, incurren en casos de sobreproducción, equivale a incentivar esta conducta, lo cual se vuelve aún más grave cuando no hay certezas reales respecto de la capacidad de carga de los ecosistemas marinos donde estos centros se instalan, y que el propio Estado ha declarado como objetos de protección. Sumado a lo anterior, resulta del todo evidente que autorizar ampliaciones de biomasa a titulares que son infractores reincidentes, no conversa con la necesaria coordinación a la que debiesen apuntar los organismos de la administración del Estado, ni tampoco con la implementación del enfoque ecosistémico y el principio precautorio, ambos expresamente reconocidos en la Ley General de Pesca y Acuicultura», concluye el estudio.

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