Australis Mar, otro infractor contumaz
By Comunicaciones

Australis Mar, otro infractor contumaz

Columna de opinión de Maximiliano Bazán, investigador de Fundación Terram. “Cabría preguntarse qué tipo de sanciones tienen realmente un efecto disuasivo, ya que, en el caso de las principales productoras de salmón que operan en Chile, cuesta pensar que una multa tenga ese efecto, ya que, al mantener los titulares una importante cantidad de concesiones sin uso, las medidas adoptadas en el marco de los procesos sancionatorios no representan necesariamente un detrimento económico, puesto que las toneladas que se dejan de sembrar en un centro, a modo de compensación, pueden ser trasladadas a otro centro sin problemas, y desde esa perspectiva, sumado esto a los bajos montos de las multas en comparación con el beneficio económico obtenido, la sobreproducción parecería ser más bien un negocio redondo”. Fuente: El Mostrador, 15 de abril de 2023.

Desde el año 2016 y durante 49 ciclos productivos, la empresa salmonera Australis Mar cultivó 81 mil toneladas de peces por sobre los límites establecidos en los permisos ambientales de 33 centros de cultivo, según consigna su autodenuncia. Esta política de infringir la normativa ambiental de forma sistemática para obtener mayores beneficios económicos, trae consigo graves efectos sobre la salud de los ecosistemas donde se emplazan los centros de cultivo, pero, a pesar de estas graves infracciones, el foco de la cobertura mediática ha estado en el conflicto empresarial entre los antiguos y nuevos dueños de Australis, pasando por alto también las falencias de la institucionalidad ambiental y acuícola en cuanto a detectar infracciones, denunciarlas y sancionarlas oportunamente.

Dilucidar si el grupo Joyvio, controlador de Australis desde el año 2019, estaba enterado o no de esta política sobreproducción no debiese ser relevante para efectos de que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) determine la sanción por infringir la ley, ya que la responsabilidad legal de la empresa no termina por el hecho de que haya cambiado su propiedad o grupo controlador, menos aun si la planificación y ejecución de la siembra y cosecha de muchos de los casos de sobreproducción se desarrollaron después de que Joyvio tomara el control en 2019.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la SMA (LOSMA), desde Fundación Terram nos parece que Australis no debe beneficiarse de ninguna rebaja de las sanciones por el solo hecho de haber presentado una autodenuncia, ya que, en gran parte de los casos, las infracciones habían sido denunciadas por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) a la SMA antes de presentada dicha autodenuncia.

En efecto, el artículo 40 de la LOSMA señala que, para determinar la sanción de una infracción ambiental, se debe considerar: 1) la intencionalidad en la comisión de la infracción; 2) la capacidad económica del infractor; 3) la conducta anterior; 4) el beneficio económico obtenido; y 5) la vulneración de un área silvestre protegida por el Estado, entre otros factores sobre los que Australis no obtiene puntos a su favor, ya que la propia autodenuncia pone de manifiesto que estamos ante: 1) una política sistemática de infringir la normativa ambiental; 2) perpetrada por una de las más grandes empresas productoras de salmón que opera en Chile; 3) una empresa que ya registraba otros siete procedimientos sancionatorios abiertos por la SMA, entre los cuales también se incluyen cargos por sobreproducción; 4) un beneficio económico que podría estimarse en torno a los 770 millones de dólares. Pero, además, como si todo esto no fuera suficiente, 5) se incluye el agravante de que 25 de los 33 centros de cultivo involucrados se emplazan al interior de un Área Protegida, como ocurre con 12 centros ubicados en la Reserva Forestal Las Guaitecas, en la Región de Aysén, y otros 13 centros en la Reserva Nacional Kawésqar, en la Región de Magallanes.

Es necesario recordar que fue el propio Presidente Boric quien, luego de asumir como Mandatario, anunció el compromiso de sacar a la industria salmonera de las áreas protegidas por su largo historial de malas prácticas y contaminación marina, tal como ocurre actualmente con Australis, que pese a ser un infractor contumaz como pocos se han conocido hasta hoy, podría lograr acceder al beneficio de rebaja de la sanción por el solo hecho de haberse autodenunciado, pudiendo incluso eximirse del pago de multas si implementase satisfactoriamente sus programas de cumplimiento.

Con respecto a la sanción que debe establecer la SMA, el propio subsecretario de Pesca y Acuicultura, Julio Salas, señaló que “para evitar que este tipo de situaciones se repita es necesario (…) que las multas que se apliquen sean verdaderamente ejemplares y disuasivas”, ya que de lo contrario los incentivos económicos que tienen las empresas para sobreproducir, como lo es el alza del precio del salmón en el mercado internacional, terminan imponiéndose a los costos que tiene infringir la ley.

Pero, en ese mismo sentido, cabría preguntarse qué tipo de sanciones tienen realmente un efecto disuasivo, ya que, en el caso de las principales productoras de salmón que operan en Chile, cuesta pensar que una multa tenga ese efecto, ya que, al mantener los titulares una importante cantidad de concesiones sin uso, las medidas adoptadas en el marco de los procesos sancionatorios no representan necesariamente un detrimento económico, puesto que las toneladas que se dejan de sembrar en un centro, a modo de compensación, pueden ser trasladadas a otro centro sin problemas, y desde esa perspectiva, sumado esto a los bajos montos de las multas en comparación con el beneficio económico obtenido, la sobreproducción parecería ser más bien un negocio redondo.

Por lo anterior, desde Fundación Terram nos parece que la única medida que tiene un efecto realmente disuasivo, y que insta a las empresas a respetar la normativa ambiental, es la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en particular cuando la sobrecarga al ecosistema se desarrolla al interior de un Área Protegida y es perpetrada por un infractor contumaz, tal como ocurrió con Nova Austral en el pasado. Por lo demás, la revocación del permiso ambiental es una facultad sancionatoria establecida en la LOSMA ante las infracciones categorizadas como graves, como ocurre justamente con la sobreproducción de salmones, y es en ese marco que debe estar el criterio que debiese mantener la SMA.

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  • 17/04/2023