{"id":2136,"date":"2012-11-09T09:40:18","date_gmt":"2012-11-09T12:40:18","guid":{"rendered":"http:\/\/www.conservacionybiodiversidad.cl\/?p=2136"},"modified":"2012-11-09T09:40:18","modified_gmt":"2012-11-09T12:40:18","slug":"consejo-nacional-de-guardaparques-y-las-areas-silvestres-protegidas-del-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/2012\/11\/09\/consejo-nacional-de-guardaparques-y-las-areas-silvestres-protegidas-del-estado\/","title":{"rendered":"Consejo Nacional de Guardaparques y las \u00c1reas Silvestres Protegidas del Estado"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify\"><a href=\"https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2012\/01\/guardaparques.gif\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-813\" title=\"guardaparques\" src=\"https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2012\/01\/guardaparques.gif\" alt=\"\" width=\"97\" height=\"61\" srcset=\"https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2012\/01\/guardaparques.gif 97w, https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2012\/01\/guardaparques-50x31.gif 50w\" sizes=\"auto, (max-width: 97px) 100vw, 97px\" \/><\/a>Propuesta del\u00a0Consejo\u00a0Nacional de Guardaparques respecto a legislaci\u00f3n sobre \u00c1reas Silvestres Protegidas, 18 de octubre de 2012.<\/p>\n<p style=\"text-align: right\">Descargar\u00a0versi\u00f3n PDF\u00a0<a href=\"https:\/\/www.terram.cl\/biodiversidad\/wp-content\/uploads\/sites\/3\/2012\/11\/Comunicado-Consejo-Nacional-de-Guardaparques-18-de-Octubre-2012.pdf\">Aqu\u00ed<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\"><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El Consejo Nacional de Guardaparques, es el \u00f3rgano que representa la totalidad de los Guardaparques de Chile, y que por resoluci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n Nacional Forestal, N\u00b0 206 de fecha 1 de junio del a\u00f1o 2011, lo reconoce y lo expresa en su art\u00edculo 1\u00b0 \u201c El Cuerpo de Guardaparques es un \u00f3rgano profesional, formal, oficial y estructurado, conformado por el personal que cumple labores de Guardaparque en las unidades que conforman el Sistema Nacional de \u00c1reas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE). El art\u00edculo 2\u00b0 Establece que el Cuerpo de Guardaparques tendr\u00e1 como objetivo general velar por el bienestar f\u00edsico, psicol\u00f3gico y el desarrollo profesional de sus integrantes, los aportes, aspiraciones y proyectos de los Guardaparques del pa\u00eds, para el fortalecimiento del Sistema Nacional de \u00c1reas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">El Guardaparque, tiene una filosof\u00eda de la conservaci\u00f3n y en lo medular es formado en el hacer directo en \u00c1reas Silvestres Protegidas del Estado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Aspectos generales que nosotros consideramos fundamentales de plantear.<br \/>\nEn primer t\u00e9rmino, creemos que es fundamental legislar en chile, ya que en la actualidad nuestro pa\u00eds no cuenta con una norma legal pertinente a la protecci\u00f3n de las \u00c1reas Silvestres Protegidas y la Biodiversidad. Adem\u00e1s, porque significa estar a favor de la oportunidad hist\u00f3rica de mejorar integralmente las deficiencias del sistema que vivimos todos los d\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">No contar con una legislaci\u00f3n eficaz y moderna hoy, se traduce en alteraciones, intervenciones y destrucciones de las \u00c1reas Silvestres Protegidas que tanto ha costado transformar en un sistema de conservaci\u00f3n, con m\u00e1s de 100 a\u00f1os de existencia. Hay presiones y alteraciones por: explotaci\u00f3n minera, producci\u00f3n hidroel\u00e9ctrica, construcci\u00f3n de infraestructura para turismo, entre otras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Necesitamos urgente una norma legal que proh\u00edba los megaproyectos en nuestras \u00e1reas silvestres, considerado por la mayor\u00eda de los Guardaparques como aberraciones ambientales y no seremos c\u00f3mplices de la destrucci\u00f3n de los ecosistemas de la patria, se requiere una ley que resguarde nuestro patrimonio natural y cultural asociado y que permita un desarrollo de conservaci\u00f3n respetuoso, coherente, responsable y de calidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Tambi\u00e9n pensamos que es de vital importancia, la protecci\u00f3n de la biodiversidad y las \u00c1reas Silvestres Protegidas a trav\u00e9s del estatus legal que les corresponde, a nuestro juicio, tener una Ley de rango constitucional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Por otra parte, se deben resguardar otros derechos relacionados con las \u00c1reas Silvestres Protegidas, como son los derechos sobre el material gen\u00e9tico, el paisaje, el espacio a\u00e9reo, el subsuelo y los derechos de agua. Hoy de las 100 ASP creadas s\u00f3lo 2 o 3 cuentan con alg\u00fan Derecho de Agua de los existentes en su territorio. El agua en las \u00c1reas Silvestres Protegidas no es usada \u00edntegramente para mantener la continuidad y din\u00e1mica de los procesos naturales, que se traducen en m\u00faltiples y complejos beneficios directos e indirectos para el ser humano. Es un tema que se debe corregir, de lo contrario, los objetivos de fondo que son el resguardo de la biodiversidad y los recursos contenidos en las \u00c1reas Silvestres Protegidas, no se cumplir\u00e1n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Se debe crear un modelo de desarrollo territorial entorno a las \u00c1reas Silvestres Protegidas, considerando a \u00e9stas como \u00e1reas n\u00facleo, como bien lo plantea la Unesco con el manejo de las Reservas de la Biosfera, donde puedan existir zonas de amortiguamiento e incluso corredores biol\u00f3gicos, con distintos grados de protecci\u00f3n, que sean considerados obligatoriamente en los planes de desarrollo comunales, regionales y nacionales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Consideramos muy importante prohibir expl\u00edcitamente la ejecuci\u00f3n de proyectos que sean incompatibles con la conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n en las \u00c1reas Silvestres Protegidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Por \u00faltimo, en t\u00e9rminos generales consideramos impresentable que la responsabilidad de administrar, asignada a una organizaci\u00f3n del Estado, se delegue a terceros, bajo cualquier justificaci\u00f3n. Es como permitir que las labores del sistema judicial, las deleguemos a terceros por razones de escases de recursos, eficiencia o capacidad t\u00e9cnica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Aspectos espec\u00edficos de los Guardaparques en una Ley de la Rep\u00fablica.<br \/>\nEn relaci\u00f3n al tema de la labor de Guardaparques, hay muchos puntos que plantear, a modo de ejemplo, s\u00f3lo desarrollaremos algunos de ellos, para establecer la necesidad de considerarlos e incorporarlos a la discusi\u00f3n:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u2022\u00a0Rol del Guardaparque<br \/>\nEl primer punto es el Rol del Guardaparque, este es un tema fundamental para el \u00e9xito de la norma legal que se requiere y m\u00e1s importante a\u00fan, para cumplir con los objetivos de fondo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Nos cabe la convicci\u00f3n que el rol que le corresponde desarrollar a los Guardaparques es Ser Autoridad Competente en las \u00c1reas Silvestres Protegidas del Estado, ese es el papel que deben cumplir. Y este rol no se puede endosar a cualquier persona que se desempe\u00f1e en un \u00e1rea protegida. Hoy llegan estudiantes en pr\u00e1ctica y se les permite desarrollar actividades de Guardaparques, incluso vistiendo el uniforme, lo mismo ha ocurrido con personas de proyectos de absorci\u00f3n de mano de obra o personal transitorio. Es como si Carabineros de Chile, permitiera que personas sin la adecuada preparaci\u00f3n y experiencia cumpliera alguna de sus funciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Necesitamos personas comprometidas y responsables, que sean capaces de reunir y desarrollar las competencias laborales correspondientes a la realidad del trabajo de conservaci\u00f3n en \u00c1reas Silvestres Protegidas. As\u00ed tambi\u00e9n, necesitamos que se valore la experiencia de los actuales Guardaparques que son competentes y que los que no alcancen esta condici\u00f3n, tengan una oportunidad y apoyo para alcanzarla. Ya que la experiencia y conocimiento logrado en el hacer por d\u00e9cadas, no se compra ni se obtiene en el sistema educacional superior actual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u2022\u00a0Funciones de Guardaparque<br \/>\nEn segundo lugar est\u00e1 el tema de las funciones del Guardaparque. En la actualidad hay muchas \u00c1reas Silvestres Protegidas donde los Guardaparques deben hacer de todo, fiscalizar la ley, controlar el ingreso de visitantes, hacer educaci\u00f3n ambiental, patrullar el territorio, realizar las mantenciones a la infraestructura y ejecutar el aseo de las zonas de uso p\u00fablico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Es impresentable que las personas que deben representar la Autoridad del Estado en las \u00c1reas Silvestres Protegidas, est\u00e9n limpiando ba\u00f1os y luego efectuando charlas a estudiantes universitarios, d\u00f3nde queda el respeto, la dignidad, la credibilidad que se requiere, para nuestra importante labor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Incluso, la Direcci\u00f3n Nacional del Trabajo, indic\u00f3 expl\u00edcitamente en una de sus resoluciones que los Guardaparques son funcionarios donde prima el esfuerzo intelectual, por sobre el esfuerzo f\u00edsico, dado que son capacitados por la instituci\u00f3n y cumplen funciones de fiscalizadores como lo expresa la ley.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Es como si a Carabineros de Chile, en la ma\u00f1ana los vi\u00e9ramos reparando la se\u00f1al\u00e9tica vial, mientras ocurren una serie de infracciones, para luego en la tarde verlos fiscalizando el cumplimiento de la ley de tr\u00e1nsito. Necesitamos que la ley indique expl\u00edcitamente el rol y las funciones que va a cumplir el Guardaparque.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En virtud de lo anterior, creemos que para poder cumplir con el rol que les corresponde a los Guardaparques, las funciones elementales que deben desarrollar son:<\/p>\n<p>\u2022\u00a0Fiscalizaci\u00f3n In Situ.<br \/>\n\u2022\u00a0Administraci\u00f3n directa de las ASP.<br \/>\n\u2022\u00a0Denunciar Il\u00edcitos.<br \/>\n\u2022\u00a0Control y supervisi\u00f3n del uso p\u00fablico.<br \/>\n\u2022\u00a0Control y supervisi\u00f3n de servicios y actividades de terceros.<br \/>\n\u2022\u00a0Control y fiscalizaci\u00f3n de cumplimiento de normativas ambientales en las ASP.<br \/>\n\u2022\u00a0Actividades de protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n.<br \/>\n\u2022\u00a0Manejo de especies ex\u00f3ticas (Invasoras)<br \/>\n\u2022\u00a0Monitoreo de recursos naturales y culturales<br \/>\n\u2022\u00a0Educaci\u00f3n ambiental.<br \/>\n\u2022\u00a0Investigaci\u00f3n.<br \/>\nInsistimos, es muy importante, que en la ley se establezca expl\u00edcitamente que este rol y funciones, no pueden ser desarrollados por cualquier persona, no se puede tercerizar una responsabilidad de un funcionario p\u00fablico, de un servicio que representa al Estado, por lo tanto debe ser un funcionario con calidad contractual indefinida o permanente y con potestades p\u00fablicas que involucren facultades para:<br \/>\n\u2022\u00a0Fiscalizar<br \/>\n\u2022\u00a0Retener y detener<br \/>\n\u2022\u00a0Cursar infracci\u00f3n o citaci\u00f3n<br \/>\n\u2022\u00a0Portar y usar armas<br \/>\nPorqu\u00e9 incluso portar y usar armas. Actualmente en algunas \u00c1reas Silvestres Protegidas de Chile, los Guardaparques deben enfrentar situaciones de alto riesgo producto del narcotr\u00e1fico, abigeatos, aislamiento, solos en la lejan\u00eda, en muchos casos olvidados a su suerte, y sin elementos de persuasi\u00f3n o protecci\u00f3n.<br \/>\nEs la oportunidad hist\u00f3rica de tender hacia la profesionalizaci\u00f3n integral de la labor y gesti\u00f3n de las \u00c1reas Silvestres Protegidas.<br \/>\n\u2022 Jornada laboral<br \/>\nSe deben resguardar todos los derechos laborales y beneficios de los trabajadores de \u00c1reas Silvestres Protegidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En la actualidad los Guardaparques se rigen por lo establecido en el DL 249, es decir una jornada ordinaria de trabajo de 44 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, por lo que los d\u00edas s\u00e1bados, domingos y festivos son d\u00edas de descanso. Por lo tanto pensar en la posibilidad de trabajar de acuerdo al C\u00f3digo del Trabajo, significa necesariamente una p\u00e9rdida de derechos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Ahora, la realidad operativa de las \u00c1reas Silvestres Protegidas, indica que esta jornada laboral no es la m\u00e1s adecuada, ya que justamente los fines de semana y feriados, son los d\u00edas de mayor visitaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">En estos momentos muchos Guardaparques trabajan al margen de la ley en turnos, para poder estar presentes los fines de semana y a su vez para tener un adecuado tiempo de descanso destinado a la familia. Tambi\u00e9n hay Guardaparques que hacen cumplir su contrato y exigen el pago correspondiente de horas extraordinarias para trabajar feriados y fines de semana, pero muchas veces no existen los presupuestos necesarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Adem\u00e1s, hay \u00c1reas Silvestres Protegidas muy lejanas de los centros urbanos, otras que tienen zonas de camping con pernoctaci\u00f3n de visitantes en su interior, por lo que llegado el t\u00e9rmino de la jornada ordinaria de trabajo del<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Guardaparque, aprox. 17:30 a 18:00 horas, las ASP quedan sin personal hasta el otro d\u00eda. Lo que sin duda es una irresponsabilidad que debemos corregir.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Pensamos que se requiere crear un nuevo ordenamiento legal en materia de jornada laboral, partiendo de la normativa legal vigente que rige para los Guardaparques, es decir DL 249, adaptando, reformando, complementando su contenido y considerando al menos los siguientes aspectos fundamentales:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u2022\u00a0Debe asegurar la protecci\u00f3n responsable y permanente.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe permitir una dotaci\u00f3n de personal m\u00ednima y adecuada a las necesidades de cada \u00e1rea.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe ser de mutuo acuerdo de las partes.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe asegurar respeto por las personas y su calidad de vida personal, familiar y laboral, proporcionando una adecuada relaci\u00f3n trabajo-descanso<br \/>\n\u2022\u00a0Debe valorar las condiciones particularmente complejas, que deben enfrentar los Guardaparques, proporcionando beneficios especiales, proporcionales y pertinentes.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe mantener las 44 horas de trabajo semanales, a partir de lo cual se generen las alternativas de distribuci\u00f3n de la jornada laboral.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe distribuir la jornada laboral por turnos flexibles y adecuados a la realidad del \u00e1rea.<br \/>\n\u2022\u00a0Debe permitir la determinaci\u00f3n del tipo de turno, mediante el an\u00e1lisis compartido entre representante de trabajadores y representante de la instituci\u00f3n, donde la formula resultante, podr\u00eda perfectamente mezclar distintas formas de distribuci\u00f3n de jornada, seg\u00fan la funci\u00f3n u otras variables.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Esta flexibilidad dentro de ciertos m\u00e1rgenes, permitir\u00eda adaptar la jornada laboral a la realidad operativa de cada ASP, al estilo de administraci\u00f3n que se desee implementar y tambi\u00e9n a las necesidades de las personas, sin perjudicar al trabajador, es m\u00e1s, lo hace parte de la b\u00fasqueda del mejor acuerdo, lo integra para alcanzar la mejor soluci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Todo lo anterior, respecto de la jornada laboral va unido a la modificaci\u00f3n y perfeccionamiento de otra serie de puntos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\u2022\u00a0Asignaci\u00f3n de pagos de trabajos extraordinarios.<br \/>\n\u2022\u00a0Asignaciones por salidas a terreno<br \/>\n\u2022 Creaci\u00f3n de un escalaf\u00f3n especial para el personal del Servicio<br \/>\n\u2022 Creaci\u00f3n de Sistema de jubilaci\u00f3n especial<br \/>\n\u2022 Remuneraci\u00f3n especial acorde a la naturaleza de las funciones<br \/>\n\u2022 Infraestructura operativa y habitacional de calidad total<br \/>\n\u2022 Sistema de capacitaci\u00f3n pertinente, sist\u00e9mico, permanente y de calidad<br \/>\n\u2022 Dotaci\u00f3n acorde a la necesidad.<br \/>\n\u2022 Dotaci\u00f3n de Guardaparques y Personal de Mantenci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Teniendo presente el funcionamiento de programas transversales, de acuerdo a la planificaci\u00f3n y contingencia de las unidades, como promedio se requiere una dotaci\u00f3n adicional a la actual de 1.400 Guardaparques, mas 500 personal para el trabajo de mantenci\u00f3n de las unidades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Por \u00faltimo, estamos convencidos de la importancia de legislar, pero es fundamental considerar d\u00e9cadas de experiencia en el hacer, para incorporar las mejoras que requiere el sistema que regular\u00e1 la legislaci\u00f3n de \u00c1reas Silvestres Protegidas y Biodiversidad, para lo cual el Cuerpo de Guardaparque considera relevante participar y se pone a disposici\u00f3n, para colaborar activamente en la creaci\u00f3n de un sistema de conservaci\u00f3n y protecci\u00f3n de las \u00c1reas Silvestres Protegidas de la Patria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">Consejo Nacional de Guardaparques<\/p>\n<p style=\"text-align: justify\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Propuesta del\u00a0Consejo\u00a0Nacional de Guardaparques respecto a legislaci\u00f3n sobre \u00c1reas Silvestres Protegidas, 18 de octubre de 2012. 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